Un 13% de las empresas con expedientes revisados por ERTE son sancionadas

Un 13% de las empresas con expedientes revisados por ERTE son sancionadas
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La Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha dejado en sede parlamentaria los datos encima de la mesa de las empresas a las que han realizado un control respecto a los ERTE, un total de 21.332 expedientes finalizados hasta el momento, donde se han encontrado un total de 2.859 infracciones. De esta forma un 13% de las empresas con expedientes revisados por ERTE son sancionadas.

Hay que recordar que dada la confusión, el caos comunicativo del propio Ministerio a la hora de establecer las empresas que podían acogerse o no a los ERTE, así como el hecho de que la mayoría de ellos fueran aprobados sin revisión entendiendo que cumplían las condiciones, lo cierto es que parecen realmente un porcentaje bajo.

El problema es el criterio que se propone para sancionar en estos casos. No es lo mismo obrar de mala fe, es decir, acogerse a los ERTE aun a sabiendas de que no se cumplen los requisitos, que cometer un error en la presentación.

Una cuestión diferente es no respetar cuestiones como el mantenimiento del empleo de los trabajadores en ERTE. Es aquí donde también surge la polémica por la falta de proporcionalidad, puesto que si se detecta que un empleado a sido despedido, no es que se tenga que devolver los beneficios percibidos por este trabajador, sino que según la DGT la pérdida de beneficios afecta a la totalidad de empleados en ERTE.

Para las empresas que están en esta situación simplemente puede suponer el fin, el momento de echar el cierre porque no van a poder hacer frente a los pagos. A partir de aquí solo queda reclamar y pleitear para tratar de que la sanción impuesta cumpla con los criterios de proporcionalidad, aunque según la DGT no se trata de una sanción, sino de una pérdida de beneficios.

¿Cuál es el problema de todo esto? Por un lado que en una situación excepcional como en la que nos encontramos, donde la Administración se declara desde el principio incapaz de tramitar la cantidad de trabajo que se le viene encima, luego no debería ponerse estricta a la hora de sancionar. Si hubieran cumplido con su trabajo, desde el principio muchas de ellas no habrían podido acogerse a ERTE.

Y esto es solo la punta del iceberg, puesto que si como dijo la Ministra desde el primer momento, se van a revisar todos los expedientes de ERTE, cosa que con los medios que tienen francamente podría tardar no ya años, sino décadas. Más fácil puede resultar detectar incumplimientos a la hora de mantener el empleo, ya que depende del SEPE, que ha pagado una prestación por ERTE y fácilmente saltan las alarmas si en menos de un años está pagando el paro.

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    • Usuario desactivado

      Usuario desactivado

      Sobre el criterio rector: se sabía desde el día 1. Prueba de ello es que alguien como yo (un mindundi) ya lo expuse en abril en uno de los blogs hermanos y además de que, esto es importante, el criterio de las DGTr NO ES VINCULANTE. Al juzgado y punto pelota.

      Con todo... tras la elefantiásica inseguridad jurídica en la que nos han sumido a todos y CON LA LETRA de la norma en la mano es bastante probable que la Administración se salga con la suya, pero a la mitad: llegado el caso se hará vía porcentaje de representatividad e incluso puede (aunque me cuesta creerlo) que se vectorice con el criterio del mantenimiento del empleo NETO finalizado el período. Es decir, puede que estén invitando a forzar contrataciones para evitar la sanción.

      Dicho esto (que lo sabíamos todos los que nos leímos los RDL, el RD y demás), una cosa sobre esto:

      La Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha dejado en sede parlamentaria los datos encima de la mesa de las empresas a las que han realizado un control respecto a los ERTE, un total de 21.332 expedientes finalizados hasta el momento, donde se han encontrado un total de 2.859 infracciones. De esta forma un 13% de las empresas con expedientes revisados por ERTE son sancionadas.

      Hemos de tener mucho cuidado en caer con una mala interpretación o una lectura interesada de los datos aportados en la respuesta de la titular de la cartera.

      - 2.859 infracciones no equivale a 2.859 sanciones sobre 21.332 expedientes con propuesta.

      Tan INFRACCIÓN puede ser no comunicar en tiempo y forma a un asalariado que está sujeto a una SOLICITUD de ERTE, como no comunicar convenientemente al SEPE un dato o, de la misma manera, las que ahora en las afectaciones y desafectaciones al ERTE se deben comunicar a través de hasta 3 vías distintas. Como otras infracciones mucho más graves.

      Yo, caso real, os puedo presentar una mercantil en la que la propuesta era para más de 65 infracciones y en donde la propuesta de sanción no llegaba a 9.000 euros.

      Y, ¿cómo esto puede ser así? pues fácil: esta mercantil tenía 18 asalariados y, si bien les comunicó a todos en tiempo y forma la solicitud del ERTE a la autoridad laboral y su sujeción (afectación) al mismo vía firma del documento, en las ulteriores renovaciones realizó la comunicación vía correo electrónico en vez de mediante burofax con acuse de recibo y certificación del contenido. No valió que se informase en el documento de comunicación original que las futuras comunicaciones se realizarían mediante correo electrónico ya que no había documento legal que admitiese entre todas las partes y de manera individualizada dicho vehículo de comunicación.

      Resultado: que de las 2.859 infracciones, más de 65 se correspondían con una empresa, resultando en la propuesta de 1 sanción.

      Hagan ustedes mismos sus números y conozcan el porqué de los discursos y declaraciones interesadas.

      Y hay cosas peores que se van a ir conociendo en el futuro relacionadas con las prestaciones (quién las deberá pagar en determinados supuestos) y porcentajes de intereses legales de la Administración.

      Pero eso ya llegará otro día.

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