El Consejo de Ministros se ha reunido hoy para aprobar un paquete de medidas económicas extraordinarias, lo de extraordinarias tiene más que ver porque en esta fecha no es ordinario que se tomen medidas económicas y no por su relevancia.
Estas nuevas medidas se ponen de manifiesto de la siguiente manera:
- Se reduce temporalmente, hasta el 31 de diciembre, la tributación en el IVA de la adquisición de vivienda nueva al 4%.
- El incrementan los porcentajes de los pagos a cuenta en el Impuesto de Sociedades de las grandes empresas, asi como otras modificaciones del Impuesto.
- Se toman medidas para racionalizar el gasto farmaceutico.
Reducción del IVA en la compra de vivienda
El Gobierno ha tomado la decisión de reducir el IVA del 8% al 4% en la adquisición de vivienda nueva. Esta reducción estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2011 y tiene el objetivo de “normalizar la actividad en el sector inmobiliario”.
Teniendo en cuenta que existe un parque de viviendas nuevas vacías que está cercano al millón de inmuebles, el Gobierno sostiene que rebajar el IVA puede provocar un aumento de las compras, algo realmente sorprendente, teniendo en cuenta que las mayores dificultades del este sector es la enorme diferencia entre la oferta (altísima) y la demanda.
Además esa diferencia no repercute luego en los precios, que continúan siendo excesivamente altos y continúa la sequía total en cuanto a las concesiones de créditos, factores que tienen una trascendencia mucho mayor que los tipos impositivos que se aplican a estas operaciones.
Económicamente, para la recaudación del Estado esta reducción no tiene excesiva repercusión ya que los ingresos procedentes del IVA de estas operaciones tienen, ahora mismo, un caracter poco más que testimonial.
Modificaciones en el IS
Esta medida afectará, exclusivamente, a las empresas con veinte o más millones de euros de cifra de negocios y no suponen un incremento en la tributación sino una serie de cambios en el sistema de pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades, en el sistema de compensación de bases imponibles negativas y en la deducción del fondo de comercio financiero.
Desde ahora se eleva el porcentaje de cálculo de los pagos fraccionados que deben realizar las grandes empresas, hasta ahora establecido en un 21%, pasando a fijarse en el 24% para las empresas entre 20 y 60 millones de euros de cifra de negocio y el 27% para las de más de sesenta millones de cifra de negocio.
En 2011, 2012 y 2013 las empresas con cifra de negocios entre 20 y 60 millones de euros solo podrán aplicar el 75% de las bases imponibles negativas que tengan pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores, este porcentaje se reducirá al 50% en las sociedades con cifra de negocios de, al menos, 60 millones de euros. Paralelamente se amplía el plazo máximo de compensación de las bases negativas procedentes de ejercicios anteriores de 15 a 18 años.
Hay que tener en cuenta que esta ampliación del plazo de compensación de bases negativas es aplicable también a las empresas de reducida dimensión.
Por último, se establece un límite, para los ejercicios 2011,2012 y 2013, a la deducción del fondo de comercio financiero. Dicho fondo se deducirá en ambos ejercicios por centésimas partes y no por veinteavas partes como en el resto de los ejercicios. Por tanto, se trata también de una periodificación de impuestos, ya que los importes no deducidos en dichos ejercicios serán deducibles en los ejercicios posteriores.
Medidas para la sostenibilidad del sistema sanitario
Se han aprobado también una serie de medidas para asegurar la sostenibilidad del sistema sanitario. Independientemente del contenido de éstas, y del ahorro que supondrá a las arcas del Estado, el Gobierno pone en marcha un programa de apoyo a las farmacias que pretende limitar el impacto de estas nuevas medidas en la viabilidad de estos negocios.
Se establece un sistema de compensación para las farmacias ubicadas en núcleos pequeños de población, aislados o socialmente deprimidos, fijandose un índice corrector del margen comercial de estas oficinas de farmacia para que puedan incrementar su rentabilidad en función de sus ventas totales y de que colaboren en los diversos programas de uso racional de los medicamentos que establezcan las administraciones competentes.
Estas compensaciones, se percibirán con la factura mensual y podrán alcanzar hasta los 10.000l euros al año (833 euros al mes). La determinación de a qué oficinas de farmacia afectará, así como el procedimiento y la gestión de las compensaciones, corresponderá a la administración autonómica competente en la materia.
Conclusión
Estas medidas están orientadas, en algunos casos, a recaudar con mayor rapidez y, en otros, a reducir el gasto del Estado. No hay nuevas medidas que puedan aumentar la actividad empresarial ni ninguna referencia a las pymes, más allá de las ayudas a determinadas farmacias.
No sabemos si hay prevista alguna medida extraordinaria más en este sentido, seguiremos esperando por si se producen.
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Imagen | La Moncloa