El funcionamiento del modelo 130

El funcionamiento del modelo 130
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Nos ha llegado una nueva consulta por parte de un lector en referencia a cómo declarar los ingresos de su actividad.

soy autónomo desde hace poco y mi actividad es la edición de libros, pero normalmente lo que hago es realizar trabajos para otras editoriales a las que les facturo, ellos me retienen el IRPF y me pagan el IVA que luego yo declaro. Pero ahora he editado un libro por mi cuenta y lo vendo a través de un distribuidor al que ahora tengo que hacerle una factura por las ventas que ha realizado para que me pague el importe de la venta realizada (descontando su descuento comercial, claro) y no sé si en esa factura debo incluir la retención del IRPF o no, ya que el pago que me hace no es por un servicio sino por la venta de libros que han llevado unos gastos, y por tanto entiendo que no debe retenerme IRPF. Si no hay retención del IPRF, cómo debo declarar ese ingreso en Hacienda. Gracias

Desde el momento en el que un autónomo comunica el inicio de actividad a la Agencia Tributaria debe presentar, trimestralmente sus pagos fraccionados de IVA e IRPF, modelos 303 y 130 respectivamente. El modelo 130 corresponde a los pagos a cuenta del IRPF y su finalidad es que el autónomo adelante un tanto por ciento de su beneficio durante el año para después regulazrizar su situación en la declaración anual de la renta, modelo 100.

Sólamente aquellos profesionales que tengan, al menos, un 75% de sus ingresos sujetos a retención pueden solicitar la exención de la presentación del modelo 130, pero todos los que no cumplen este requisito deben presentar el pago fraccionado. El modelo se calcula deduciendo los gastos de los ingresos, aplicando el 20% al beneficio resultante y restando a este resultado las retenciones recibidas. Si tras estas operaciones el resultado es positivo, se ingresa la cantidad resultante, si es negativo no haremos ningún ingreso.

En el caso de nuestro lector, la situación es clara, la factura que emitirá debe ir sin retención a su favor, declarará en el 130 esa factura con el resto de sus ingresos procedentes de su actividad y realizará los cálculos correspondientes para determinar la cuota a ingresar.

Debe de tener en cuenta el papel del distribuidor y su relación con él. Si el distribuidor es persona física y lo que hace es vender sus libro a cambio de una comisión, deberá aplicarle al vendedor la correspondiente retención que posteriormente ingresará a Hacienda a través del modelo 190. Si esa figura se hace a través de una sociedad mercantil o la relación entre ambos se basa en que el vendedor le compra a nuestro lector los libros para posteriormente venderlos, entonces no será necesario que se aplique retención alguna.

En Pymes y Autónomos | Nuevos formularios 130 y 131 con deducciones adicionales Imagen | Las fotos de Julio

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Comentarios cerrados
    • Buenas tardes,

      Soy autónoma y tengo bastantes dudas sobre qué modelos tengo que presentar. Tengo una tienda de repuestos de coches por internet y mi proveedor está en Alemania. El 3/1/2011 me di de alta como autónoma y como operador intracomunitario pero no pude comprar sin IVA alemán hasta febrero, cuando aceptaron mi solicitud. Mis dudas son:

      1. Al rellenar el modelo 303 no se dónde poner mis compras intracomunitarias que, para más dificultad, tienen IVA en el mes de enero (porque aun no habían aceptado la solicitud de operador intracomunitario)pero en febrero y marzo ya van sin IVA. Los datos son: - enero: compras a Alemania por valor de 1949,19€ + 394,42€ de iva - febrero+marzo: compras por valor: 6690,19€ (exento) (el iva ascendería a 1204,23€) - venta a Portugal sin IVA por valor de 237,81€ (el iva ascendería a 42.81€) ¿Qué casillas debo rellenar? ¿la 19 y 20, la 26 y 27, la 30 y 31, la 43, la 44? Sé que hay que ponerlo como iva repercutido y como soportado para compensarlo y dejarlo a 0 pero no sé qué casillas rellenar.

      2. Por otra parte, ¿debo rellenar ahora también el el modelo 349? No entiendo bien si tengo o no tengo la obligación. ¿Es trimestral?

      3. ¿Tengo la obligación de rellenar el modelo 347? Estoy casi segura de que no pero, en caso contrario ¿con qué periodicidad se entrega? (Los beneficios netos aproximados mensuales son 700€)

      4. A parte del modelo 130, ¿Hay más modelos que tenga que entregar un autónomo de mis características?

      Muchas gracias por adelantado! Sé que son muchas preguntas pero es la primera vez que hago todo esto y creo que le puede ser muy útil a más gente.

      Un saludo

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