Estas son las ayudas si contratas a un menor de 30 o un parado de 50 antes de que acabe el mes

Estas son las ayudas si contratas a un menor de 30 o un parado de 50 antes de que acabe el mes
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Los autónomos que contraten o hayan contratado a un empleado menor de 30 años o un parado de 50 antes de que acabe septiembre de 2024, pueden optar a ayudas directas de hasta 4.635 euros.

Esta ayuda viene de la mano de Accedemos, un proyecto impulsado por la Fundación Mapfre que busca fomentar el empleo a través del apoyo a las pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales con necesidad de contratar y con falta de recursos.

El plazo para solicitar esta subvención es hasta el 30 de septiembre o hasta que la concesión total de estas cien ayudas se acabe. En esta edición, se amplía la posibilidad de contratar a personas que acaben de terminar sus estudios y se incorporen al mercado laboral.

4.635 euros por contratar a un empleado de manera indefinida

La cantidad a recibir por contratar a jornada completa a una persona que cumpla los requisitos será de 4.635 euros. Y en el caso de que el contrato sea de media jornada no inferior a 20 horas semanales, la ayuda será de 2.790 euros.

La ayuda por cada mes en el que haya estado suscrito el contrato indefinido, con un máximo de nueve meses es:

  • Jornada parcial, mínimo 20 horas: 310 euros.
  • Jornada completa: 515 euros.

Estas ayudas se concederán por orden de llegada de la solicitud y serán de una ayuda máximo por empleador y empleado.

Es importante saber que este año todos los trámites de solicitud y firma del Convenio será digital, por lo que tanto el empleador como el empleado deben tener el certificado de firma digital.

Estos son los requisitos que deben cumplir los autónomos para pedir la ayuda

Si quieres solicitar una de las ayudas debes seguir estos pasos:

  • Crear un usuario para acceder a la aplicación de Fundación Mapfre de Premios, Becas y Ayudas.
  • Seleccionar la convocatorio Accedemos dependiendo de la jornada laboral.
  • Rellenar los datos que se piden y adjuntar los archivos para pulsar 'finalizar'.

En cuanto a los documentos a aportar, hablamos de:

  • Copia del NIF NIE del solicitante autónomo o del representante de la entidad.
  • Documentación que demuestre que el empleador tiene personalidad jurídica y está inscrito en el registro público. Si es autónomo deberá aportar copia del alta como trabajador por cuenta propia en la Seguridad Social.
  • El certificado de vida laboral del empleador.
  • Informe de plantilla media de trabajadores en alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Modelo de declaración responsable firmado por el empleador donde acredite la vigencia de todos los datos aportados para la solicitud, y no estar en proceso de suspensión de pagos.
  • Cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Copia del contrato de trabajo.

En cuanto a solicitar una de las ayudas disponibles por parte de un autónomo, los pasos serán los mismos, sin olvidar que cada trabajador por cuenta propia podrá solicitar una única ayuda.

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