Otro Aspecto que figura en la Ley de Emprendedores y al que no nos habíamos referido hasta el momento afecta directamente a la Registros (Mercantiles, de la Propiedad y de Bienes Muebles). La medida supone un impulso a los trámites telemáticos con los Registros y pretende que, a medio plazo, se elimine la gestión en papel con estos Organismos.
El Gobierno establecerá un reglamento para que implante un sistema informático único que les permita llevar a cabo su actividad en formato electrónico, facilitando la inscripción y el acceso a los datos registrales.
La norma obligaría a los notarios al envío telemático a los Registros de las escrituras y actas, lo que agilizaría la inscripción y se acortarían notablemente los trámites que ahora se hacen en papel y de manera presencial.
Pero además este sistema permitirá a las Administraciones y órganos judiciales, en el ejercicio de sus competencias y bajo su responsabilidad, acceder a dichos datos siempre "respetando las excepciones relativas a los datos especialmente protegidos".
De esto se deduce que el espíritu de la norma es tanto el pretender modernizar el acceso a las obligaciones registrales y a los datos que se incorporen, como que las Administraciones tengan mayor control sobre los mismos.
La norma deberá ser ratificada por el Senado antes de entrar en vigor y se espera que antes de ello se pueda llegar a un acuerdo con los Registros a la hora de incorporar o tener en cuenta su opinión al respecto.
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