En algunas empresas la jornada laboral no acaba estrictamente cuando se cumplen las ocho horas de jornada laboral establecida. Muchas veces quedan cosas pendientes por hacer y se prolonga la jornada unos minutos. Otras veces estos minutos pasan a ser horas, que no siempre se cuentan como horas extras. Porque no es exactamente lo mismo horas extras que exceso de jornada.
En un criterio económico, se podría concluir que las horas extras se pagan y se compensan, pero el exceso de jornada ni lo uno, ni lo otro. No ocurre en todas las empresas, pero si es algo común en determinados sectores que finalizan la jornada cuando se acaba la faena. 3
Me quedo hasta que se marche el jefe
Pero no necesariamente se trata de algo impuesto por parte de la compañía. A veces son los propios trabajadores los que prolongan su jornada laboral de forma innecesaria. El ejemplo más habitual es el del presentismo, de empleados que dilatan sus tareas para mantenerse ocupados hasta que el jefe recoge y se marcha a casa.
Esta misma actitud llevada al teletrabajo les llevaba a estos empleados a estar siempre conectados, que no es equivalente a estar trabajando, pero si contestar correos, abrir chat de grupo fuera de horas en un afán por mostrar que estaban trabajando.
¿Qué dice la ley sobre el exceso de jornada?
A nivel legal un exceso de jornada anual, mensual o semanal se considera como horas extra. No importa si el empleado se ha quedado haciendo vida social en el trabajo prolongando su jornada sin necesidad o es la empresa la que solicita que se realicen dichas horas. El Estatuto del Trabajador en su artículo 35 regula las horas extra:
1. Tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, fijada de acuerdo con el artículo anterior. Mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
2. El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a ochenta al año, salvo lo previsto en el apartado 3. Para los trabajadores que por la modalidad o duración de su contrato realizasen una jornada en cómputo anual inferior a la jornada general en la empresa, el número máximo anual de horas extraordinarias se reducirá en la misma proporción que exista entre tales jornadas.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, no se computarán las horas extraordinarias que hayan sido compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
Las horas complementarias para los empleados a tiempo parcial
En el caso de la jornada a tiempo parcial, no se pueden realizar horas extras, pero si horas complementarias. En este caso el pacto que se firma entre la empresa y el trabajador determina el número de horas complementarias que se pueden hacer para hacer frente a picos de producción.
En todo caso dicha cantidad de horas nunca podrá superar el 30% de la jornada. También están vigentes los descansos entre jornadas y turnos. Las horas complementarias pueden ser voluntarias o pactadas mediante contrato. En este segundo caso se debe especificar con cuanta antelación se tiene que avisar a los empleados para realizar dichas horas.
El problema de las horas extra fantasma
Es de sobra conocido que en muchos sectores y empresas existen bolsas de horas extra fantasma, que se hacen pero por las que no se cotiza y se paga a los trabajadores fuera de nómina. Tanto es así que Inspección de Trabajo lleva tiempo trabajando en un algoritmo que sea capaz de detectar estas horas extras irregulares.
Y el problema es que si la empresa es inspeccionada y se constata la realización de estas horas va a ser sancionada, no así los trabajadores, que en ocasiones son los que reclaman poder hacer estas horas y cobrarlas de forma irregular.