¿Se puede despedir a un empleado por no fichar?

¿Se puede despedir a un empleado por no fichar?
1 comentario

La realidad es que la nueva obligación del registro horario a hecho que muchas empresas tengan que introducir modelos de fichaje que a veces son incómodos para los empleados y alguno de ellos puede que no cumpla con esta obligación. Pero ¿se puede despedir a un empleado por no fichar?

Pues la realidad es que si hablamos de un despido procedente es muy complicado porque casi el 100% de los convenios colectivos no regulan como obligación del trabajador tener que fichar. Por lo tanto, tampoco se articula un régimen sancionador que pueda provocar que no cumplir con dicho registro pueda dar lugar a una falta.

Hay que tener en cuenta que la obligación del registro horario se imputa a la empresa, no al empleado. Si la compañía aduce que el trabajador no quiere fichar como motivo de un despido improcedente tiene todos los números para que el juzgado de turno lo declare como nulo, aunque lógicamente hay que ver caso por caso. Además se debe documentar que se trata de una falta reiterada, que faltan días por registrar de forma habitual.

El principal problema ocurre cuando tener que fichar implica una pérdida de tiempo para el empleado. Aquí en los últimos meses he visto experiencias de todo tipo, desde trabajadores que tienen que llegar 15 o 20 minutos antes a su puesto porque el sistema se colapsa a la hora de entrada a otros que se ven obligados a pasar por la oficina para registrar el inicio de su jornada cada día.

Muchas empresas han implantado tarde y mal el sistema. Y sobre todo con una tecnología que más que facilitar el registro horario lo entorpece. Parece que los trabajadores quieren engañar en muchos casos a las empresas y ya no basta el propio registro, sino quieren que este geolocalizado o se realice desde un punto concreto.

De todas formas veremos si con el nuevo Gobierno se suavizan las condiciones de dicho registro o se deja igual. En todo caso la regulación vía convenios llegará en los próximos años a todos los sectores y ayudará a tener un poco más de claridad a cada una de las partes sobre sus obligaciones.

Imagen | geralt

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Comentarios cerrados
    • Usuario desactivado

      Usuario desactivado

      Ojo, que se están confundiendo muchos términos en la entrada.

      La nulidad o no de un despido no viene dada por los motivos aducidos en el despido sino en el cumplimiento o no del procedimiento para la comunicación y ejecución del mismo.

      Sobre el tema del título: sí se puede despedir a alguien disciplinariamente por no fichar.

      Hay convenios que hace años ya indican esa circunstancia (incluso fichar por un tercero o que un tercero fiche por ti).

      Una vez puestas las herramientas para ejercer un derecho (u obligación) si decides hacer un uso inadecuado conscientemente claro que se puede despedir disciplinariamente (sin derecho a indemnización).

      Pero, además, incluso se puede hacer no por "no fichar" sino por otros muchos motivos vectores de no fichar (fraude, deslealtad, abuso de confianza, inobservancia de las normas de régimen interno, etc.).

      Cuidadín con quién entienda que "por no fichar o hacerlo mal" no te pueden despedir disciplinariamente.

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