Se extenderá la constitución telemática a otro tipo de sociedades

Se extenderá la constitución telemática a otro tipo de sociedades
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El Documento Unico Electrónico (DUE) es un instrumento a través del cual se gestiona la tramitación telemática de la constitución y puesta en marcha de las Sociedades de Responsabilidad Limitada. El Gobierno está trabajando ahora en la posibilidad de extender el uso del DUE en las Cooperativas, Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes.

Se trataría de facilitar la creación de empresas establecidas mediante estas formas jurídicas para que, a través de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE), todos los trámites necesarios se realicen a través de ese documento único y reducir así todo el procedimiento.

Actualmente a través del DUE se pueden realizar prácticamente todos los trámites relacionados con la puesta en marcha de una S.L., desde su constitución mediante escritura pública, tramites con Hacienda (obtención del NIF y alta), con las CCAA (liquidación de impuestos autonómicos), con la Seguridad Social (aperturas de cuenta de cotización y centros de trabajo) y hasta la incripción en el Registro Mercantil.

Lo que se pretende ahora, con muy buen criterio, es extender el uso del DUE a otras formas societarias, algo lógico existiendo ya el sistema y teniendo en cuenta que estas otras modalidades tienen una tramitación mucho más simple que las S.L. Además el sistema no sólo es útil por el hecho de que se haga todo en un único documento, sino que introduce la tramitación telemática de todo el proceso.

Sin embargo deberíamos de poner el acento en una cuestión ¿por qué sólo se permite el uso de este sistema a través de los PAE? ¿De qué sirve la tramitación telemática si luego los emprendedores han de desplazarse a estos puntos para realizar estas gestiones?

Una vez que el DUE es un instrumento probadamente efectivo su uso debería ser abierto, de manera que cualquiera (o aquellos que tuvieran un certificado digital) pudieran usarlo libremente para realizar estas gestiones, ya que la dependencia de los PAE no supone ninguna ventaja para el emprendedor.

En Pymes y Autónomos | Eliminada la última traba administrativa para la constitución de sociedades express Imagen | Freddy the Boy

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Comentarios cerrados
    • Existe el PAIT virtual para el que no quiera desplazarse a los físicos si no necesitan su asesoramiento y cada vez es mayor la red de PAIT publicos y privados, pues facilitan la adhesión de entidades, acercándose al emprendedor y poniéndole el camino mas facil.

      Respecto a extenderlo a las otras formas jurídicas, para las cooperativas puede ser interesante, aunque hacer una visita al Registro de Cooperativas para tener la calificaciòn previa sería recomendable. Y yo no lo haría para las sociedades civiles, ya que sus pasos son pequeños y no creo que deba promoverse algo que luego tiene un tratamiento negativo por carecer de personalidad jurídica (por ejemplo: exclusión de subvenciones).

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