Los autónomos y sus bases de cotización: Más de los mismo

Los autónomos y sus bases de cotización: Más de los mismo
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En el BOE del día 7 de diciembre, aparece publicada la orden TAS/3553/2007, de la Seguridad Social, que modifica los criterios impuestos para el cambio de base de cotización de los trabajadores autónomos. No, tranquilos, no penseís que ya se ha logrado la reivindicacion que muchos trabajadores autónomos quieren, que es cotizar en función de los ingresos reales.

La orden en cuestión, establece la posibilidad de cambiar dos veces al año de base cotización, dígase, si se solicita antes del 1 de abril, el cambio surtirá efectos a partir del 1 de julio, y el segundo cambio si se solicita antes del 1 de octubre, los efectos del cambio serán a partir del 1 de enero.

Por mucho que se quiera mejorar la calidad de vida de los trabajadores del RETA, no hay manera. Se ha conseguido aprobar el nuevo estatuto del trabajador autónomo, pero las carencias en cotizaciones, prestaciones, e incluso protección jurídica siguen latentes. ¿Por qué los autonomos no pueden cotizar según sus ingresos? Es una pregunta que se realizan la mayoría de ellos. ¿Tan dificil le resulta a la Seguridad social?  No puedo entender, con lo fácil que podría ser establecer un sistema de comunicación de bases similar al régimen general, tener que cotizar obligatoriamente a base fija por periodos de seis meses.

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