Hoy se ha publicado el calendario de días inhábiles para el año 2017 en el ámbito de la Administración General del Estado. Este calendario fija los días que son computables a efectos de plazos legales y que está sujeto al calendario laboral oficial.
Es muy importante tener en cuenta estos plazos ya que son los que nos contarán cuando tenemos que hacer una reclamación o presentar un recurso tras recibir una notificación. Serán días inhábiles todos los sábados y domingos así como los días festivos de ámbito nacional.
A estos se sumarán en el ámbito de cada comunidad los días determinados como festivos por las mismas. En las entidades locales, tampoco contarán los festivos establecidos para cada una de ellas y publicados por cada comunidad en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Por otro lado hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria tiene 30 días al año que podemos elegir para no recibir notificaciones. Normalmente se utilizan más en las vacaciones del verano, pero se pueden solicitar a lo largo de todo el año. Sería bueno que se otras administraciones se sumaran y dieran un poco de tregua a empresas y autónomos.
En Pymes y Autónomos | Publicado el calendario del contribuyente para 2017
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