Tras la última ampliación, el próximo 30 de septiembre finaliza el plazo para regularizar las cuotas de la Seguridad Social por los nuevos conceptos computables. Recordemos que a finales del pasado 2013 se modificó la normativa, obligando a las empresas y a los trabajadores a cotizar por determinados conceptos que hasta entonces estaban exentos.
Entonces se fijó un plazo transitorio para el ingreso de la diferencia entre las cuotas que se venían abonando y las que se originaban con la aplicación de la nueva normativa. Dicho plazo, inicialmente, finalizaba el 31 de mayo de 2014, pero fue ampliado en varias ocasiones.
En concreto se prorrogó por primera vez hasta el 31 de julio de 2014 y posteriormente hasta el 30 de septiembre. Por tanto a finales de este mes finalizará el periodo de ingreso voluntario, por lo que de no hacer efectivo el pago correspondiente la Administración podrá reclamar el mismo con un recargo del 20% más los intereses de demora correspondiente desde esa fecha.
Las cuotas a regularizar serán aquellas comprendidas entre los meses de diciembre de 2013 a julio de 2014. Desde el pasado mes de agosto ya es obligatoria la cotización y pago de las cuotas actualizadas que incluyan los nuevos conceptos sujetos a cotización.
No hay prevista una nueva prórroga, por tanto todas aquellas empresas que no se hayan puesto al día todavía tienen apenas dos semanas para hacerlo o tendrán que hacer frente al pago del recargo correspondiente.
La otra opción es solicitar un aplazamiento, que tendrá que tramitar individualmente la empresa con la Administración y que obligará, en cualquier caso, al ingreso de las cuotas correspondientes a la cotización de la parte que corresponde a los trabajadores, ya que sólo se permite el aplazamiento de cuotas patronales.
En Pymes y Autónomos | Las empresas tendrán hasta mayo para regularizar la cotización de los pagos en especie Imagen | rosmary