Aspectos contables de las Sociedades Limitadas Nueva Empresa

Aspectos contables de las Sociedades Limitadas Nueva Empresa
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Hablamos ayer de los que es una Sociedad Limitada Nueva Empresa y sus diferencias, en cuanto a su constitución y órganos de administración, con respecto a las Sociedades Limitadas "normales". Ahora vamos a tratar la repercusión, en cuanto a la contabilidad, de constituir este tipo de sociedades.

La esencia, es que este tipo de sociedades tengan un funcionamiento más simple que el resto de sociedades mercantiles. Con este fin de facilitar la gestión, en el caso de la Sociedad Nueva Empresa permite la aplicación de un sistema simplificado de contabilidad, de manera que, a través de un único registro contable, se cumplan las obligaciones que, en materia contable y fiscal, obliga el ordenamiento jurídico.

Por eso, toda Sociedad Limitada Nueva Empresa está autorizada a utilizar un sistema simplificado de llevanza de contabilidad y un modelo simplificado de presentación de las cuentas anuales.

El régimen simplificado de la contabilidad puede ser utilizado por todos los sujetos que, estando obligados a la llevanza de la sontabilidad, ésta deba ajustarse al Código de Comercio y reúnan durante dos ejercicios consecutivos, a la fecha del cierre, al menos dos de las siguientes circunstancias:

  • Que el importe neto de su cifra anual de negocios sea inferior a 2.000.000 euros.
  • Que el total de las partidas de activo no supere 1.000.000 euros.
  • Que el número medio de trabajadores, empleados durante el ejercicio, no sea superior a 10.

Además de estas condiciones, las empresas, para poder utilizar este sistema de contabilidad las empresas no pueden pertenecer a un grupo de empresas, no pueden realizar operaciones de arrendamiento financiero de terrenos o solares u otros activos no amotizables, no pueden ser socias colectivas de otra, no pueden ser entidades sometidas a la supervisión del sistema financiero y su capital no puede estar constituido por varias clases de acciones o participaciones.

Una de las principales diferencias de este sistema de contabilidad es que los usuarios de contratos de arrendamiento financiero (leasing) o similares, pueden contabilizar las cuotas, del mismo, como gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias. De esta manera se simplifica el método normal de contabilización de estas operaciones, en este caso, en el momento de ejecutar la opción de compra, se registrará el bien en el activo con arreglo al principio del precio de adquisición.

En cuanto al modelo de cuentas anuales simplificadas, éste comprende el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria, y deberán redactarse mostrando la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad. Además, habrá de añadirse cualquier información no incluida en el modelo de memoria simplificada que sea necesaria para la comprensión de esas cuentas anuales.

En esencia, este sistema contable no difiere, por el hecho de ser una Sociedad Limitada Nueva Empresa, del que utiliza una S.L. que cumpla los criterios para la utilización de la contabilidad y cuentas simplificadas.

En Pymes y Autónomos | ¿Qué es una Sociedad Limitada Nueva Empresa? Imagen | sabanna

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