Son muchas las deducciones de IRPF que aplican cada comunidad autónoma del territorio de España, y varían al igual que la legislación fiscal, prácticamente anualmente. Bien sea para conseguir votos, bien para cumplir promesas electorales, fomentar ciertas prácticas entre los habitantes, o simplemente para dar beneficios fiscales a contribuyentes más desfavorecidos, lo cierto es que los gobiernos, suman a las deducciones estatales, las propias deducciones de su comunidad autónoma y tienen potestad para ello.
Estar al corriente de estos cambios no es fácil para un asesor fiscal, ya que en multitud de ocasiones ocurre que el que te ayuda con tu declaración de la renta, no está ni en tu misma comunidad autónoma, pero a pesar del intrusismo profesional, siempre hay alguna asesoría fiscal que está preparada con buenos profesionales y actualizados en materia tributaría. A raíz de un informe de la REAF, me gustaría destacar las deducciones autonómicas más novedosas y recurrentes de cada comunidad autónoma, iniciando así una serie de entradas relacionadas con las distintas comunidades autónomas.
Andalucía
- Ya no podrán deducirse por fomento del autoempleo los que se embarquen por primera vez en un negocio, ya que esta deducción como novedad ha sido suprimida.
- En esta comunidad todavía podrán deducirse por adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual un 2%, siempre que se considere vivienda protegida y los ingresos familiares no superen 5,5% del IPREM. Este beneficio aumenta al 3% cuando el que compra la primera vivienda habitual sea menor de 35 años y no tenga unas rentas altas.
- Continúa la deducción del 15% de las cantidades satisfechas para el alquiler de la vivienda habitual, con su máximo de 500€, para contribuyentes de menos de 35 años y con rentas no altas.
Aragón
- La novedad más destacada es para los que viven en pueblos pequeños de menos de 10.000 habitantes, que pueden incluir 100€ por el nacimiento o adopción del primer o del segundo hijo, esta deducción sube a los 200 y 300 euros respectivamente, cuando la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y del ahorro no sea superior a 35.000 euros en declaración conjunta y 23.000 euros en declaración individual.
- Para los que tengan también niños en edad escolar recordar que es posible deducir los importes pagados por libros de texto para educación primaria y secundaria obligatoria, con sus requisitos y restricciones.
- Si compras tu vivienda habitual existe una ayuda fiscal del 5% siempre y cuando el adquirente tenga menos de 36 años y esté situada en un municipio aragonés de menos de 3.000 habitantes, con requisitos de rentas no excesivamente altas.
Asturias
- En Asturias existe un llamativo y olvidadizo incentivo fiscal de 341€ por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años cuando convivan con el contribuyente (entendiendo como tal, más de la mitad del año) y cuando el acogido no sea familiar del contribuyente. Solo podrán acceder a este quienes tengan una base imponible general y del ahorro que no sea superior a 25.009€ en tributación individual ni a 35.240€ en tributación conjunta.
- Si eres joven menor de 30 (y mujer sea cual sea tu edad) y emprendes con autoempleo, y además eres asturiano/a, estas de suerte porque te puedes asignar una ayuda fiscal autonómica de 172€. Y mira que generosa la deducción de 69 euros para emprendedores por cuenta propia con independencia de su edad mientras que la base imponible no exceda de 25.009 euros en tributación individual 35.240 euros en conjunta.
Por supuesto existen muchas más, intentaré recordar las más comunes e ignoradas en entradas sucesivas.
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