Los mayores de 65 años no tributarán por las plusvalías de las ventas de sus activos

Los mayores de 65 años no tributarán por las plusvalías de las ventas de sus activos
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El Gobierno aprobará el próximo viernes el texto definitivo de la Reforma Fiscal. Una novedad respecto a lo que ya sabíamos que contendría la reforma es que se va a aprobar que los mayores de 65 años no tributarán por las plusvalías obtenidas en la venta de sus activos, sean inmuebles, acciones, etc. La condición necesaria para la exención será que dichos beneficios sirvan como complemento para su pensión.

Es decir, que si un autónomo se jubila y traspasa su negocio a otra persona no deberá pagar impuestos por el beneficio obtenido si el dinero que cobre se utilice para completar la pensión de la Seguridad Social que le corresponde. Lo mismo pasaría si es titular de acciones de una sociedad y las vende.

Hablamos siempre de las plusvalías obtenidas por la venta y no del resto de impuestos que podrían estar asociados a estas operaciones (ITP/AJD, por ejemplo). Esta exención afecta sólo al IRPF.

La medida ha sido anunciada esta mañana como anticipo a la aprobación, por el Consejo de Ministros, de la Reforma Fiscal tras el periodo de consultas abierto y que podría traer más novedades sobre el texto y las medidas iniciales.

Novedades que también afectarán a la polémica medida de gravar las indemnizaciones por despido. Tras el anuncio inicial que suponía que sólo estarían exentas aquellas que correspondieran a 2.000 euros por año trabajado. Posteriormente se rumoreó que se considerarían como gasto no deducible en el Impuesto de Sociedades, por lo que trasladaría la tributación de los trabajadores a las empresas, y finalmente se ha optado por establecer un límite fijo de 180.000 euros, las cantidades que superen esta cifra habrá de declararlas en el IRPF.

Debemos, por tanto, estar atentos a la configuración definitiva de la Reforma, puede haber más cambios todavía.

En Pymes y Autónomos | Reforma Fiscal Imagen | La Moncloa

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