Empresas en el banquillo de los acusados

Empresas en el banquillo de los acusados
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Desde el pasado mes de diciembre, con la entrada en vigor del nuevo código penal, las sociedades mercantiles pueden ser imputadas por ciertos delitos. En estos casos ¿quién se sienta en el banquillo de los acusados? ¿Sus administradores o su consejo?

El presidente de la Audiencia Nacional, Angel Juanes, ha participado en la jornada Reforma del Código Penal, organizada por la Asociación de Comunicadores Jurídicos (Acijur) y la editorial El Derecho y, en dicha jornada, ha comentado que uno de los problemas que plantea esa reforma es determinar quién ha ser el que acuda al juicio en representación del imputado, cuando éste sea una empresa, y qué derechos se aplicará a estas personas físicas durante el proceso.

Se podría pensar que en los casos de que la empresa tenga un administrador único deba ser éste quien ocupe el lugar de la empresa pero ¿y si la administración depende de un Consejo de Administración?

El Presidente de la AN reconoce lagunas en la legislación sobre estos aspectos y cree que éstas podrán solventarse en la nueva Ley de Agilización Procesal, que se aprobará próximamente. Según afirma, la representación de la empresa en las causas penales abiertas contra ella se hará a través un abogado designado por la misma o por un miembro del Consejo, al que se le haya otorgado un poder especial.

La aplicación del nuevo código penal a las empresas responsabiliza a éstas de ciertas actuaciones ilícitas cometidas en su seno pero no tienen por qué implicar en ellas a los administradores de las mismas, ya que los hechos pueden haber sido cometidos por cualquier empleado y la empresa puede ser responsable de esas actuaciones por falta de control sobre ellas.

Por tanto, los hechos, por haber supuesto la imputación de la empresa, no tienen por qué ser achacable a los administradores que no tendrían por qué sentarse en el banquillo o ver alterados sus derechos por esa causa. Por tanto es necesario que se aclare este punto que, en opinión de los expertos, no queda definido en el nuevo código.

Vía | El Economista En Pymes y Autónomos | Entrada en vigor de la responsabilidad penal de las empresas Imagen | roberto_venturini

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