Registro horario en las empresas, cuando el trabajador debe horas

Registro horario en las empresas, cuando el trabajador debe horas
7 comentarios

Mucho se ha hablado de la obligación que supone para las empresas realizar el registro horario. Fundamentalmente porque lleva asociado un trabajo burocrático que hasta hace muy poco no existía. Es una ley que además tiene como objetivo acabar con los abusos y las horas extras no declaradas, pero que también está generando consecuencias inesperadas, como las empresas que se dan cuenta que el trabajador les debe horas.

Porque si se siguen fichando además de entradas y salidas, las pausas, tal y como ha recomendado el Ministerio en su guía, algunas organizaciones se están llevando sorpresas. Las pausas que no están regladas por convenio, esos derechos adquiridos, como la pausa del bocadillo, la hora de la comida que se alarga o pausas para salir a fumar infinitas... hacen que las cuentas no cuadren.

Especialmente en aquellas empresas donde el presentismo es una norma, donde se va al trabajo pero no a trabajar, se puede dar el caso de que una gran parte de este tiempo se dedica a vida social, y una mínima parte a trabajar. Se está abonando una jornada de 8 horas que no se cumple.

También se está cotizando por una jornada de 40 horas semanales en la Seguridad Social y luego en los informes se destapa que se están haciendo 35 efectivas. ¿Qué debe hacer la empresa en este momento? En principio ajustar los horarios, limitar las pausas y que sea los propios empleados los que regulen su jornada para cumplir las horas establecidas.

Se puede obligar a que recuperen las horas perdidas, ya sean semanales o mensuales. En caso de tener momentos de acumulación de tareas combinados con otros de baja actividad se puede dar el caso de establecer una jornada irregular que permita ajustar los horarios a las demandas productivas de las empresas.

Lo que tengo claro es que las horas ya cotizadas a la Seguridad Social no se van a devolver aunque no se hayan trabajado. Además el empresario tiene complicado demostrar sin ese registro horario, que se han cotizado horas en exceso que luego no se han trabajado.

Por otro lado es una oportunidad para darse cuenta que lo importante es la productividad, no las horas trabajadas. Esperemos que muchas de estas organizaciones acaben por premiar a los empleados que finalizan las tareas asignadas dentro de sus horarios, no a aquellos que los prolongan hasta que se marcha el jefe y pasan más tiempo al lado de la máquina de café que ejecutando su trabajo.

Imagen | WerbeFabrik

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    • Usuario desactivado

      Usuario desactivado

      Bien visto, aunque no te creas que ha pillado por sorpresa a los profesionales del sector...

      El resultado final en lo referente a cotizaciones ya lo has dicho tú, pero por si alguien no lo tiene claro... no se recuperará ni un duro. Que es lógico en un sentido (quien debe controlar la jornada y el trabajo efectivo no es el Estado) e injusto por otro (el problema se lo traslado a las partes, ingresando yo más pase lo que pase).

      Sobre las pausas establecidas en convenios y/o acuerdos sectoriales: ojo, que depende de si son reguladas o no y de si en cada convenio son calificadas como trabajo efectivo o no. La mayoría de convenios no las califican como tales.

      Hay una excepción, como lo es la que habéis tratado aquí y otras. Esto es, las de prevención de la salud y relacionadas con los riesgos laborales. Quiero decir, si hay que descansar la vista y hacer ejercicios de cuello cada x horas eso cuenta como trabajo efectivo. Hay otras discutibles como, descansar la postura cuando tu trabajo se compone de varias áreas. Un ejemplo de esto es que puedo estar haciendo trabajo de pantalla (encuestador), pero para descansar la vista se puede pasar a archivo para hacer otras tareas que permitan descansar esa vista (un auxilar bancario, por ejemplo).

      Luego, en lo más prosaico... pues habrá conflicto a la hora de la recuperación de esas horas de trabajo efectivo, como habrá en un número significativo de empresas minoración del cómputo y liquidación (también de seguros sociales) de horas extraordinarias. Como habrá novaciones de contratos incluso haciendo uso de la figura de "causas sobrevenidas". Quiero decir, como se constata con el registro que el trabajo efectivo de una persona es un porcentaje de las 40 horas remuneradas y cotizadas, modificar su contrato a joranda parcial para así ajustarlo. Y si se explica por causas sobrevenidas pues... nuevo conflicto e incluso rescisiones de contrato ventajosas para la empresa.

      Algunos (y sin poner medalla alguna) ya lo vimos venir y lo decíamos desde el primer día. Era y es algo sabido y lógico.

      Pero que nadie se lleve a engaño... las miras están puestas en lo que están puestas: la jornada de 37 horas a la semana.

      Preguntadles a los profesionales del sector a ver si no es vox populi. El ingreso extra del Estado en concepto de seguros sociales tiene un límite y se verá minorado con el tiempo, entre otras cosas, por lo tratado en la presente entrada.

      Todo está pensado y diseñado (a ver si se piensa el personal que la experiencia francesa no se conoce). El tema es el de siempre: el conflicto que lo vivan terceros y yo a barbecho ingresando.

      Prueba de ello la discusión que se ha vivido en la presente entrada: adjudicación de intenciones y deducción de modus vivendi, cuando no de ideología.

      Nos manejan, pero incluso se demuestra que no es malo que lo hagan. Por fortuna todo con el tiempo se normaliza.

      Enhorabuena por la entrada.

    • ¿De verdad pretendéis que estemos 8h delate de una pantalla de ordenador sin parar? De verdad qué falta de empatía tienen algunos

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    • Avatar de jozeico Respondiendo a jozeico

      No, dependiendo del convenio en la situación que comentas hay paradas programadas por fatiga visual cada hora más o menos. Una cuestión diferente es que estos cinco minutos se conviertan en 25... de forma habitual.

      Todo lo que esté regulado en el convenio como pausa o descanso establecido computará dentro de la jornada. Por ejemplo, si tenemos jornada continua y una pausa para comer de 20 minutos que cuenta como jornada laboral.

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    • Avatar de miniyo73 Respondiendo a LosLunesAlSol

      Mira, disculpa el tono, pero no me cuentes historias de que hay paradas programadas en el Convenio y no sé cuantas chorradas más de cara a la galería que he visto ya muchas cosas a lo largo de mi vida, y la gente no va a hacer el vago en el trabajo, a no ser que estén imitando al jefe. De hecho lo normal es justo lo contrario, que sea el jefe el que lo haga y los trabajadores currando extras sin pagar, que es lo que esta norma está diseñada para evitar. Si al jefe se la pela la empresa, al trabajador también.

      El que siga insistiendo en pagar menos, quebrará más tarde o más temprano. El que lidere bien, será el futuro. Sois todos muy listos para "ahorrar" y los árboles no os dejan ver el bosque

    • Los que si deberían de fichar son los funcionarios. El problema es que el solo anuncio de algún político en este sentido, provocaría huelgas a diario.

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    • Avatar de vilani Respondiendo a vilani
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      Usuario desactivado

      Anda, la hondia... ¿qué no tienen obligación de fichar como el resto de mortales?

      NO ME LO CREO.

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    • Avatar de 10055 Respondiendo a Usuario desactivado

      Donde tu vives no los se, pero en mi pueblo ni fichan los del Ayuntamiento, ni los del Ambulatorio, ni los docentes del colegio...

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