¿Te puede sancionar tu empresa por trabajar más horas de las estipuladas?

¿Te puede sancionar tu empresa por trabajar más horas de las estipuladas?
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Hay empresas que son muy rigurosas con los turnos y los horarios de trabajo. Para bien y para mal. Otras son más laxas en la aplicación de el horario de trabajo, por lo general barriendo un poco para casa y no pagando horas extra. Pero que ocurre cuando un empleado hace más horas de las que toca. ¿Te puede sancionar tu empresa por trabajar más horas de las estipuladas?

Hablamos en todo caso de horas que no quedan registradas. Es decir, el empleado llega a su puesto, empieza con sus tareas pero no realiza el registro de turno hasta la hora estipulada. Y lo mismo podemos decir de la hora de salida.

La empresa puede ser sancionada por no cumplir con los horarios y fraude a la seguridad social

Esto tiene diferentes modos de verse. Puede parecer que la empresa sale beneficiada, pero ¿qué ocurre si alguien reclama a la inspección? ¿Y si tiene un accidente en ese tiempo antes o después de su jornada una vez que ya ha realizado el registro. ¿No se cotiza a la Seguridad Social por estas horas?

En el caso de que exista una retribución variable, como puede ser por objetivos, ¿no está sacando ventaja este empleado de su horario extendido para lograr dichos objetivos? Y esto generalmente es un problema a la hora de competir por dicho variable con otros compañeros, pero también influirá a la hora de fijarlos para el año siguiente.

Si se mide la productividad, pero se hacen más horas, nos hacemos trampas al solitario

Porque se está produciendo una productividad engañosa en el caso de que la empresa no tenga conocimiento de este tipo de prácticas. Parece que es factible llegar a cumplir con los objetivos estipulados con las 8 horas de trabajo estándar, ¿pero qué ocurre si hay que echar un par más cada día para asegurarse a pesar de estar dando el máximo rendimiento? ¿No debería la empresa redimensionar dichos objetivos a la baja para el año siguiente?

Y aquí se debería contemplar el escenario de teletrabajo para aquellas empresas que lo utilizan. El trabajo desde casa se utilizaría para conciliar mejor, no debería emplearse para aumentar el número de horas que se acaba trabajando.

La realidad es que este tipo de actuaciones son noticia porque son una minoría de empresas las que llegan a aplicar sanciones, que incluso pueden acabar en despido por este tipo de prácticas.

Lo cierto es que con el  registro horario debería existir mucho más control, pero no todo el mundo, tanto trabajadores como empresas, son igual de estrictos a la hora de llevar un control. En muchos casos ambos salen beneficiados y esto hace que se mire un poco hacia otro lado.

Imagen | Proxyclick Visitor en Pexels

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Comentarios cerrados
    • Se puede y se hace. No es lo habitual, pero tampoco es tan rara avis como pudiera parecer.

      Has indicado lo del sobrevenimiento de una ITxAT/CP o la personación de una Inspección de Trabajo que luego coteje el registro o las horas u horario con el indicado en el contrato de trabajo y eso de lugar a una sanción a la mercantil sin comerlo ni beberlo. Cuando no (que las hay) maquinaciones para preparar una salida de la empresa ventajosa.

      En una inspección se presupone que todo lo que puede alegar una mercantil es falso y, además, los levantamientos de actas de un subinspector en el momento en que se realizan revisten en la mayoría de ocasiones... no ya de presunción de veracidad, sino incluso de hecho probado. Como, por otra parte, así debe ser.

      Yo recuerdo un caso en una mercantil que fue sancionada porque un asalariado dijo que trabajaba 10 horas al día y como fue una declaración espontánea del mismo ante la IT se le ofreció fuerza de hecho veraz (que no probado), remarcando la IT que, de poder probar que no era cierto (como podían por el registro de las grabaciones de los últimos 45 días), lo que debía hacer era sancionar al asalariado.

      Fueron a jucio y el tribunal determinó que si bien las grabaciones estaban cubiertas para el régimen sancionador pues en el articulado del contrato así se establecía, no se podía hacer uso de las mismas para determinar los horarios efectivos.

      La empresa tuvo que pagar a la postre más de 10.000 EUR a la IT (entre sanción, cotizaciones, multa, etc.). Despidió al asalariado vía disciplinario, lo recurrió el mismo y le dieron la razón por medida desproporcional, tuviendo que asumir la empresa una indemnización de 45 hasta marzo de 2012 y 33 desde entonces con los límites en ambos períodos y los salarios de tramitación pues ni solicitó la prestación ni trabajó hasta que salió el juicio.

      Quiero expresar: en ocasiones hay cosas que no se comprenden, pero cuando has recibido una soberana hostia siendo totalmente legal hasta te vuelves paranoico cuando te suceden o ves como le suceden a terceros este tipo de cosas.

      En el caso que comento de poco sirvió que se pudiese demostrar (vía régimen sancionador) que el asalariado le produjese un quebranto vía dolo a la empresa (además de que la sujetó a inspección casi continua durante 24 meses) pues entendió el tribuna que una medida "tan severa" como el despido directo no era proporcionada al hecho causante de la misma ya que no dísponía de anteriores sanciones.

      Y, oye, increíble, pero cierto, sentenciado, ejecutado y todo el mundo feliz pues la empresa pagó siendo la víctima.

      Con este tipo de cosas ya te digo yo que no es para nada extraño o descabellado que te sancionen por echar horas de más no registradas.

      Además de ello, los objetivos serían los mismos para todos los asalariados de la misma categoría y/o grupo. En muchos contratos se establece una cláusula de consecución de objetivos mediante la cuál se puede finalizar de FORMA NORMAL el contrato. Es decir, se está vulnerando el mismo y se está creando un agravio con respecto a sus compañeros. Si no llega y otros sí llegan puede que le falten tablas, talento o conocimiento adecuado u óptimo de las herramientas puestas a su disposición, etc.

      A la postre: mérito y capacidad.

      Y puede que esto en micro o fetmo empresas se supla con compromiso y echando "horas gratis", pero en la mediana y en la grande esto no sirve en muchas ocasiones.

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