La primera sorpresa importante de la reforma laboral ya la tenemos en la mesa. El ministro de Trabajo Celestino Corbacho ha confirmado que las empresas que estén en pérdidas durante 6 meses pueden acogerse a la modalidad de despido por causas objetivas abonando sólo una indemnización de 20 días por año.
Para situarnos, cualquier contrato de trabajo se puede extinguir automáticamente si se argumentan pérdidas en seis meses. Llevo muchos años trabajando en departamentos contables y os aseguro que si esta ampliación de despido por causas objetivas se lleva adelante, ninguna empresa va a pagar 45 días por año en concepto de indemnización. Tal y como confirmó ayer El Mundo, la autoridad laboral o judicial no sólo van a tener potestad para comprobar que los balances que se presentan son ciertos, sin posibilidad de dirimir si existe falsedad en cuentas o no. En definitiva, para la pyme es todo un revulsivo a la hora de afrontar un despido, dado que de manera adicional el FOGASA podrá abonar 8 días de indemnización y la empresa solo 12.
El FOGASA solo abonará despidos de contratos indefinidos formalizados depués de la aprobación de la reforma con lo cual, nos vamos a encontrar que en empresas en pérdidas o con dificultades económicas van a pagar 12 días por despido en los contratos indefinidos, igualando esta cantidad para los contratos temporales.
Obviamente, esta medida no va a ser del agrado de los sindicatos, con lo cual la convocatoria formal de huelga general caerá en unas horas. Seguiremos informando sobre las novedades porque el decreto de la reforma laboral viene calentito.
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