Reforma laboral: se incluirá el absentismo individual como causa de despido

Reforma laboral: se incluirá el absentismo individual como causa de despido
2 comentarios


El absentismo es una lacra que hace perder mucho dinero y disminuye la productividad de manera alarmante dentro de las empresas. Mister Empresa nos hablaba el otro día del coste europeo de las ausencias injustificadas y cómo estas cifras matan a cualquier empresa.

Para erradicar el problema, el texto de la reforma laboral al absentismo como causa de despido objetivo, de manera que un trabajador que presente las siguientes cifras de absentismo puede ser despedido:

  • Las faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles durante dos meses consecutivos, o
  • El 25% a lo largo de cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de un año

En ambos supuestos, el absentismo global de plantilla debe superar el 5%, por lo que en las empresas medianas o grandes esta restricción es una traba de difícil superación.

Las enmiendas que se introducen se encaminan a eliminar la restricción de la plantilla de manera que se puedan individualizar los despidos por absentismo individual de manera independiente a la evolución de la plantilla.

Esta modificación es acorde con la realidad de muchas empresas, dado que los límites iniciales de absentismo que se proponen son bastante lógicos y tienen un grado de tolerancia incluso elevado para las faltas que tienen muchos trabajadores dentro de las empresas.

Vía | Cinco Días
En Pymes y Autónomos | Cambiamos absentismo laboral por presentismo, El absentismo emocional o cuando a tu empleado ya no le importa su trabajo, Reforma del mercado laboral
Imagen | Mahadeva

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Comentarios cerrados
    • * Las faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles durante dos meses consecutivos, o

      * El 25% a lo largo de cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de un año

      Vamos a ver, el estudio de ejemplo reza "coste europeo de las ausencias INJUSTIFICADAS".

      Aunque la medida sea buena para el empresario y exclusivamente para el empresario, no me parece coherente con los estudios que se han realizado en esta materia. Estos estudios analizan siempre desde la perspectiva de la no-justificación.

      ¿Como se puede proponer una reforma que penaliza por igual las faltas justificadas que las injustificadas?. No hay coherencia ni con los estudios ni con la normativa actual y mucho menos con la definición propia de ambos conceptos.

      Desde luego como le va a este gobierno eso de dar soluciones rápidas, sin pensar, sin planificar y sin intentar prever sus consecuencias.

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    • Avatar de unknet Respondiendo a unknet

      Unkmet, esas dos lineas ya las contempla la propia reforma laboral aprobada por decreto siempre y cuando el absentismo global supere el 5%. Ese 5% es el que se quiere eliminar como restricción

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