En 2020, de manos del Gobierno se gestó la ley Rider, con el fin de que los repartidores de las plataformas digitales, fueran considerados falsos autónomos. Tres años después, Glovo, una de las principales empresas de reparto a domicilio, continúa echando un pulso a Inspección de Trabajo, ajena a las multas.
Ante esa actitud al evitar cumplir con la ley, el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey ha afirmado: "Hemos requerido formalmente a estas empresas que cumplan con la ley para que sean conscientes de que, si no lo hacen, ya no es un problema solo de sanciones económicas, sino también de sanciones penales", según recogía El País.
Glovo no se da por aludida ante la llamada de atención
A pesar de que desde el Ejecutivo no se refieren a Glovo en concreto, desde El País, sí afirman que esa comunicación les ha sido remitida, pero, esta niega haber recibido nada.
Lo que sabemos es que la empresa de reparto, sostiene su modelo de negocio y afronta cada multa, en vez de como un toque de atención para evitar seguir contratando a falsos autónomos, como un mal menor.
Inspección tiene en cuenta para valorar si un profesional está trabajando en condiciones de falso autónomo la retribución salarial fija, es decir, que sea solo una empresa la que pague una cuantía periódica al profesional. Tal y como sucede con Glovo y más empresas de estas características.
Modificación del Código Penal para acabar con los contratos de falsos autónomos
Las empresas que reincidan en la contratación de falsos autónomos podrán afrontar penas de prisión de entre 6 meses a 6 años. Esta modificación del Código Penal se aprobó el año pasado.
La comunicación en la que se advierte a Glovo (y a cualquier compañía con sus características) es tan solo un aviso de lo que viene. Si no se cumple con la ley tras su reforma, las empresas que persistan en contratar a falsos autónomos serán castigadas con penas de prisión y multa.
¿Ganará por fin el Gobierno este pulso que mantiene con quienes no respetan los derechos de los trabajadores?