Es tónica habitual encontrarnos con carteles que avisan a los clientes que no se acepta como medio de pago billetes de 200, 500 e incluso algunos casos billetes de 100 euros. Esta práctica es ilegal y así lo ha ratificado la Comisión Europea sobre las directrices de uso de la moneda en circulación.
Por este motivo, las autoridades de consumo podrán actuar e intervenir si media denuncia por parte de un cliente al que no se le acepte el pago de los productos o servicios con este tipo de billete. A pesar de los quebrantos que puede originar para muchos establecimientos disponer de cambio para grandes pagos, necesidad de disponer de medidas de seguridad adicional así como extremar la precaución frente a falsificaciones, lo importante es vender y cobrar y no impedir la venta.
Por el otro extremo, la CE también ha vuelto a remarcar que el uso de monedas de 1 y 2 céntimos es práctica lícita y que puede intervenir en cualquier momento si detecta prácticas usuales de redondeo. Estas prácticas son muy habituales en servicios como el taxi y pequeños comercios que aunque no tienen redondeado el precio de los artículos, si redondean la vueltas, normalmente a favor del establecimiento comercial.
Vía | Cinco Díaxs En Pymes y Autónomos | La subida del IPC y los billetes de 500 Imagen | 1Suisse