Hacienda reclama cambios legislativos para poder entrar en empresas y domicilios sin previo aviso

Hacienda reclama cambios legislativos para poder entrar en empresas y domicilios sin previo aviso
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El Tribunal Supremo aclaró hace no mucho en qué tipo de situaciones podía acceder al domicilio de un contribuyente los inspectores de la Agencia Tributaria. Por este motivo ahora Hacienda reclama cambios legislativos para poder entrar en empresas y domicilios sin previo aviso.

La cuestión no es si accede o no, es cómo lo hace. Porque desde la Agencia Tributaria sostienen, y no les falta razón, que si existe un aviso previo hay riesgo de destrucción de pruebas. Por lo tanto si se está investigando a alguna empresa con indicios claros de fraude, se pierde efectividad o la capacidad para probar el supuesto delito se esfuma.

Lo que el Tribunal Supremo tumbó fue la entrada de los Inspectores en una empresa solo con indicios estadísticos. Es decir, Hacienda sabe que nuestra empresa está declarando ingresos por debajo de otras similares de la competencia, pero esto no necesariamente tiene que ser debido a un fraude. El Tribuna Supremo lo que dejó claro es que además de este dato se necesitan más pruebas del supuesto fraude.

Por este motivo el director general de la Agencia Tributaria, Jesús Gascón, ha anunciado que el Ministerio de Hacienda prepara en la actualidad una normativa que facilite dicha entrada, siempre con autorización judicial, pueda entrar en el domicilio de una empresa para recabar más pruebas.

Lo cierto es que no parece muy lógico que la Policía no pueda entrar en nuestro domicilio si no le facilitamos el paso y carece de orden judicial, pero el Inspector de Hacienda si pueda hacerlo. Las empresas pequeñas tienen menos armas para evitar estas visitas sorpresa. Pero las de mayor tamaño tienen equipos legislativos y fiscales que les pueden poner mucho más difícil la tarea a los inspectores en su lucha contra el fraude.

La realidad es que en la mayoría de los casos autónomos y pymes prefieren colaborar con la labor inspectora, antes que encontrarse con un Inspector que se pueda tomar su trabajo con un exceso de celo. Conozco a algún asesor fiscal que me dice que siempre hay que dejarles algo, que sea de poca importancia y fácil de encontrar, para que se conformen y nos dejen tranquilos.

La cuestión es con qué tipo de garantías cuenta la Inspección y las empresas. Porque luchar contra el criterio de Hacienda no es tan fácil, y sobre todo, las empresas más pequeñas no siempre están por la labor de dar esta batalla.

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Comentarios cerrados
    • Usuario desactivado

      Usuario desactivado

      Pero, vamos a ver, sigamos la línea temporal:

      - Con meros datos ESTADÍSTICOS pretendemos vulnerar la inviolabilidad del domicilio (social o fiscal) y MEDIANTE ACTO ADMINISRATIVO (eludiendo al órgano juridsdiccional).

      - El TS dice que si lo que fumamos ¿ta'pocho o qué?

      - El menester de juglares dice que le sopla los jilimondros y que promoverá legislación para ello, pero aclarando (que quede clarito y cristalino) que ESTA VEZ no pretende evitar el orden jurisdiccional.

      ¡Anda! coño, no sabía yo que eso no estaba ya plenamente regulado hoy en día.

      Ergo... que se me explique despacito, que yo soy muyyyyyyyyyy lennnnnnnto para todas mis cosas.

      La ADMINISTRACIÓN por encima del orden jurisdiccional.

      ¡BRAVO!, ¡Viva Espanyauballet!

      La maaaaaare de déu. O deberíamos decir "La Mara del Dungeon Master (administrativo)".

      Jooooodó, como vamos. Queremos hacer el dicho malo: jugador de chica, perdedor de mus. No, aquí queremos que con cuatro pitos nos llevemos directamente la vaca.

      Ya se sabe que... putos jueces, puto incordio.

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