La solidaridad familiar puede suponer una evasión de impuestos

La solidaridad familiar puede suponer una evasión de impuestos
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La situación económica en la que nos hallamos inmersos hace que muchos tengan que acudir a la solidaridad familiar para evitar situaciones como la quiebra de un negocio. El 60% de los jóvenes emancipados recibe o ha recibido ayuda de sus padres durante el último año para poder salir adelante.

Las transacciones de dinero libres de impuestos y las prestaciones de servicios no remuneradas se han convertido en algo habitual en el quehacer diario. El vínculo donante-receptor es hoy en día un pilar básico de nuestra economía. Ahora bien, ¿tiene alguna repercusión fiscal esta operativa?

En artículos anteriores, hemos tratado el tema del coste fiscal de las donaciones. El problema es que a veces una donación no se reconoce como tal. Desde un punto de vista estrictamente legal, el hecho consiste en la transmisión de la propiedad, usufructo o derecho real sobre un bien, de una persona a otra, sin que exista contraprestación a cambio. Si tenemos en cuenta que no se exige un valor mínimo en la transacción, podemos llegar a la conclusión de que cada día se dan cientos de donaciones que no se declaran.

Las entregas de dinero periódicas a una persona también se entienden como donación. De hecho, estas situaciones son especialmente evidentes, por ejemplo, en los casos en que el contribuyente hace frente a unas elevadas cuotas de hipoteca mientras declara unas percepciones exiguas.

La persona que recibe el bien, sea o no monetario, debe liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que es el mismo de obligada presentación cuando se recibe una herencia. Cuando lo que se transmite es un bien inmobiliario, el donante deberá tributar también por la ganancia patrimonial que se haya podido generar entre el valor de adquisición del inmueble y el valor que tiene en el momento de la donación. Si la diferencia es positiva, la reflejará como una ganancia patrimonial, aunque no se haya producido contraprestación.

Lógicamente, el perjuicio que supone para la administración el no declarar las donaciones es proporcional a su importe, pero es importante conocer su tratamiento fiscal para evitar sorpresas.

En Pymes y Autónomos |Las donaciones también tributan para el que dona Imagen |Por Chaquetadepollo

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