El modelo 130 es el modelo que se utiliza para realizar la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Básicamente, es el trámite que se utiliza para abonar las retenciones a cuenta del IRPF para los autónomos, en el caso de aquellos trabajadores que no puedan aplicar las retenciones en las facturas.
Quién está obligado a presentar el modelo 130
El modelo 130 debe ser presentado por aquellos sujetos pasivos del IRPF, las (personas físicas o miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles que tributen en IRPF) que ejerzan alguna de las siguientes actividades:
- Actividades económicas, incluidas las agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras, y que calculan su beneficio con el método de estimación directa, tanto en la modalidad normal como en la simplificada.
- Los trabajadores que realicen actividades profesionales, salvo que al menos el 70 por ciento de sus ingresos procedentes de la actividad profesional hubieran tenido retención o ingreso a cuenta en factura.
- En el caso de sociedades civiles y comunidades de bienes, el pago fraccionado y la declaración anual correspondiente a los rendimientos obtenidos, se efectuará por cada uno de los socios en proporción a su participación en el beneficio.
Cómo presentar el modelo 130
Hay dos formas de presentar el modelo 130 a la Agencia Tributaria:
- Presentación electrónica a través de la web de la Agencia Tributaria, mediante certificado electrónico o Cl@ve PIN.
- Presentación en papel del modelo generado por la aplicación que la propia Agencia Tributaria pone a disposición en su web y que permite la creación del modelo en formato pdf y su impresión.
Cómo rellenar el modelo 130 de forma correcta
Al identificarte, tendrás que rellenar los datos sobre el ejercicio y el periodo de liquidación (el trimestre), así como tus datos identificativos:
Acto seguido, deberás rellenar las casillas correspondientes a tu actividad.
- Entre la casilla 01 y la casilla 07: datos computables a los las actividades económicas en estimación directa, modalidad normal o simplificada.
- Entre las casillas 08 a 11 se consignarán los datos correspondientes a las actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras en estimación directa, tanto en su modalidad normal como en la simplificada.
- De la casilla 12 a la 15 se calcularán los datos correspondientes a la autoliquidación.
- Entre las 16 a 19 se informarán los resultados de la autoliquidación.
Una vez consignados todos los datos, tan solo habrá que pulsar sobre el botón Formalizar Ingreso/Devolución, desde donde se presentará directamente el modelo 130.