La aprobación de la Ley de Emprendedores incluía una bonificación fiscal para los inversores privados que aportaran capital a proyectos empresariales. Recordemos que los business angels tendrán derecho a la deducción de los beneficios obtenidos en estas inversiones siempre que reinviertan ese beneficio en nuevos proyectos.
Se ha desarrollado el Reglamento que establece las obligaciones fiscales para poder aplicar esta deducción y que afectan tanto a los contribuyentes que realizan la inversión como a las empresas invertidas.
La Ley excluye de gravamen a las ganancias patrimoniales producidas por la transmisión de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación siempre que el importe total obtenido se reinvierta, de una sola vez o sucesivamente, en la suscripción de acciones o participaciones de otras empresas calificadas también como de nueva o reciente creación. La reinversión debe hacerse en el plazo de un año desde la fecha de su transmisión.
En el caso de no realizarse la reinversión en el mismo ejercicio en el que se haya producido la venta de esas participaciones el contribuyente está obligado a hacer constar su intención realizar la reinversión, esa notificación deberá realizarse en la declaración del IRPF del ejercicio en el que se obtenga la ganancia.
El incumplimiento posterior de estas condiciones implicaría el sometimiento a gravamen de la plusvalía correspondiente y se imputará al año de su obtención. Por lo tanto se deberá presentar una declaración complementaria y abonar los intereses de demora correspondientes.
En cuanto a las empresas de nueva o reciente creación que reciban inversión por parte de “business angels” que puedan tener derecho a esta deducción por inversión, estarán obligadas a presentar en el mes de enero de cada año una declaración informativa sobre las certificaciones expedidas por la entidad en cuanto a las participaciones de estas personas.
En la citada declaración, además de sus datos de identificación, fecha de constitución e importe de los fondos propios, se harán constar el nombre y apellidos, NIF, importe y fecha de la adquisición y porcentaje de participación de los adquirentes de las acciones o participaciones.
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