Las donaciones digitales que logras en un canal de Twich o en una cuenta Patreon por parte de tus seguidores en YouTube, también son asunto de Hacienda.
Ese dinero que ganas a través de tus seguidores por crear contenido, participar en eventos o bien como propinas en transmisiones en vivo de tu canal, hay que tributarlas a Hacienda, así lo recoge Autónomos y Emprendedores.
En el momento en que recibes ingresos, tienes obligaciones fiscales que debes cumplir, hoy te explicamos cómo proceder si cuentas con un número elevado de suscriptores y tienes pensado empezar a recibir donaciones.
Qué pasos debes dar para declarar a Hacienda las donaciones de Twich, YouTube
Para empezar, en el momento en que recibes esas propinas en una plataforma digital Hacienda las considera ingresos de la actividad económica del autónomo.
Es importante que sepas que debes estar dado de alta tanto en la Seguridad Social como en el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) El IAE somete a gravamen el desarrollo de actividades empresariales, profesionales o artísticas.
De todas formas, Hacienda no contempla por ahora, un epígrafe especial para un youtuber, instagramer o tiktoker. Para saber cuál te corresponde debes visitar Real Decreto Legislativo 1175/1990 y encontrar la actividad que más se parezca a tu actividad. El buscador para de actividades económicas te será muy útil.
Estos son los modelos fiscales que debes presentar si eres creador de contenido
Como cualquier autónomo deberás cumplir con una serie de obligaciones fiscales porque a través de Internet o de manera presencial, no deja de ser dinero:
- El modelo 130 para ingresar el IRPF.
- El modelo 303 para autoliquidar el IVA trimestral.
- El modelo 349 para informar de las operaciones intracomunitarias.
El modelo 130 es necesario cuando ganas dinero por publicar en plataformas o en redes sociales y lo haces en tu nombre y por cuenta propia.
Los autónomos ingresan trimestralmente el IRPF si están en estimación directa y realizan una actividad no profesional y los ingresos sean menos del 70% de sus ingresos.
Importante, el modelo 130 se paga en función de todos tus ingresos y gastos sobre el beneficio que obtengas. Es el adelanto que le haces a Hacienda y que se presenta el próximo año.
El modelo 303 debes presentarlo porque así lo recogió una resolución donde todos los creadores de contenido son sujetos pasivos del IVA. Es decir, da igual la frecuencia o habitualidad con la que prestes esos servicios, para Hacienda ya eres oficialmente un profesional en relación al IVA.
El modelo 349 viene a decir que si tienes algún tipo de relación con algún proveedor de la Unión Europea debe presentarse porque refleja cualquier operación intracomunitaria entre países de la UE.
Y no olvides que como creador de contenido tienes obligaciones, pero también derechos, como poder deducir gastos: la conexión a internet, el teléfono móvil, todo aquello que uses única y exclusivamente para tu trabajo en plataformas digitales.