Modificaciones en la Ley Concursal (I)

Modificaciones en la Ley Concursal (I)
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Siguiendo con el Consejo de Ministros del viernes pasado, también se ha llevado a cabo la modificación de la Ley Concursal. Esta ley ha sido ampliamente criticada por muchos juristas y expertos por las lagunas que contempla en su propia aplicación en muchos puntos.

Uno de los puntos más espinosos es el que presenta el propio artículo 71 de la ley, en donde se podían impugnar los actos de refinanciación de deudas si despues de dos años se entraba en concurso.

Para comprender el alcance de este artículo, recomiendo lectura obligada de esta entrada de Echevarri. La modificación de este artículo hace posible que se pueda acordar una refinanciación de una empresa que pueda ser viable en el tiempo. Muchas entidades financieras se estaban mostrando reacias a refinanciar determinados proyectos por este impedimento legal. Tengamos en cuenta que la impugnación de una refinanciación provoca la pérdida de los privilegios y créditos realizados en esos dos años

El resto de modificaciones que se llevan a cabo, tiene quizá menor trascendencia aunque también son bastante importantes, tnto en disminución de costes, acortamiento de plazos y mejoras sustanciales en la situación de los trabajadores afectados por el concurso.

A priori, parece ser que se mejora ligeramente la Ley Concursal, favoreciendo su aplicación en mejores condiciones en un momento que por desgracia muchas empresas se encuentran sumidas en este proceso. El resto de novedades las veremos en un siguiente post.

Vía | La Moncloa Más Información | El Blog de Echevarri Imagen | La verdad nos hará libres En Pymes y Autónomos | Concurso de acreedores

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