Rechazada la propuesta de prohibir horas extras en los contratos a tiempo parcial

Rechazada la propuesta de prohibir horas extras en los contratos a tiempo parcial
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El Congreso acaba de rechazar una propuesta que solicitaba la modificación de la contratación a tiempo parcial, para prohibir las horas extraordinarias y obligar a que se pacten en el contrato de trabajo las horas que excedan de la jornada ordinaria.

La reforma laboral del 10 de febrero de 2012 permitió que los trabajadores a tiempo parcial pudieran realizar horas extraordinarias, circunstancia autorizada hasta la fecha tan solo para los contratos a jornada completa. La propuesta reclamaba que en la contratación a tiempo parcial se permitieran tan solo horas complementarias limitadas.

Cabe recordar que la diferencia entre horas complementarias y extraordinarias es que las primeras deben pactarse en el contrato de trabajo o bien posteriormente por escrito. El pacto recogerá el número de horas que podrán realizarse, previo aviso al trabajador con una antelación de 7 días.

Sin embargo, las horas extraordinarias son voluntarias, aunque están limitadas a 80 al año.(Las complementarias no podrán superar el 15% de la jornada salvo pacto contrario estipulado en convenio).

Otra gran diferencia es que las horas complementarias cotizan igual que las ordinarias, mientras que las extraordinarias no se tienen en cuenta para calcular la prestación por desempleo y pueden cambiarse por tiempo de descanso. Las complementarias se abonan siempre.

De esto se deduce que las horas extraordinarias son mucho más ventajosas para la empresa y menos para el trabajador, ya que abren una puerta a la precarización del empleo. La reforma laboral impulsa la contratación a tiempo parcial, pasando por alto las situaciones de vulnerabilidad a que pueden verse sometidos los asalariados al no contar con una legislación que proteja sus derechos frente a los abusos.

En Pymes y Autónomos | Las horas extraordinarias y las horas complementarias A más contratos a tiempo parcial, también más inspección laboral Imagen | daniel.julia

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