El próximo jueves 30 de Abril finaliza el plazo para la solicitud de devolución de cuotas para los autónomos en pluriactividad. Para ello es necesario haber cotizado en el Régimen General y como autónomo durante 2014. La petición se debe tramitar ante la Seguridad Social, por lo que si no tenemos un certificado SILCON válido para hacerlo telemáticamente tendremos que solicitar cita previa.
Para solicitar la devolución de las cuotas la suma de ambas cotizaciones debe ser superior a los 12.214,41€. En este caso se puede solicitar el reintegro del 50% del exceso sobre esa cantidad, con el límite del 50% de las cuotas de autónomos abonadas.
Con la ley de Emprendedores debemos tener en cuenta que los trabajadores que cotizando en el Régimen General se den de alta en autónomos por iniciar una actividad económica también tienen derecho a bonificación siempre que no hubieran cotizado anteriormente en el RETA.
Para el caso de los trabajadores que no cumplan con ninguna de las dos opciones deberán cotizar el 100% de la cuota del RETA correspondiente. En todo caso conviene tenerlo claro ya que el plazo expira en apenas un par de días y no podemos dejar pasar esta oportunidad si tenemos derecho a ello.
En Pymes y Autónomos | ¿Cómo queda la normativa ahora en cuanto a la pluriactividad?