Cómo constituir una empresa de prevención de riesgos laborales

Cómo constituir una empresa de prevención de riesgos laborales
Sin comentarios

Un lector nos ha mandado una consulta para que le orientemos sobre los trámites necesarios para poner en marcha una empresa de prevención de riesgos laborales. Este tipo de empresas, no gozan de libertad de establecimiento y están sujetas a la autorización administrativa por parte del Ministerio de Trabajo.

La empresa de debe constituir con los trámites normales de cualquier sociedad, bien limitada, laboral o anónima, siendo su objeto social la prestación de servicios de prevención de riesgos a otras empresas. La única diferencia la tenemos en los requisitos a cumplir de dotaciones materiales y humanas para que el Ministerio de Trabajo nos otorgue la oportuna autorización como empresa de prevención. Dadas las tranferencias de del Ministerio de Trabajo hacia las comunidades autónomas, no podemos enumerar los requisitos adicionales que cada CCAA puede marcar para estas empresas, pero como mínimo, una empresa que quiera prestar sevicios ajenos de prevención de riesgos laborales debe tener: * Solicitud por escrito para que la autoridad laboral otorgue la correspondiente autorización administrativa. * Relación de medios materiales y humanos disponibles para prestar el servicio de prevención. * Relación de CNAEs a los que la empresa podrá prestar los servicios de prevención, junto con la delimitación máxima de trabajadores por empresa que puede cubrir con su servicio de prevención. * Ambito geográfico de actuación, aunque la autorización que se otorga tiene el carácter de nacional. * Póliza de seguro de Responsabilidad Civil o aval bancario por un importe mínimo de 1.750.000 euros. Estos requisitos pueden ser ampliados y detallados con mayor profusión por parte de las CCAA. Por ejemplo, para prestar determinados servicios de prevención en manejo de sustancias peligrosas se puede exigir la existencia de espacios específicos de ensayo y trabajo para la formación de los trabajadores.

Toda esta información debe ampliarse previamente en la comunidad autónoma en la que vayamos a solicitar la autorización administrativa, que debe coincidir con la CCAA en la que radique el principal nucleo de nuestras operaciones.

En Pymes y Autónomos | Prevención de riesgos laborales: el trabajador también cuenta Imagen | Sarda.es

Temas
Comentarios cerrados
Inicio