El pasado día 22 de enero se aprobó por el Ministerio de Economía y Hacienda el las directrices generales del Plan General de Control Tributario.
El artículo 116 de la Ley General Tributaria obliga a elaborarlo anualmente y aunque su carácter es reservado, no lo son sus directrices generales. En él se plantean las actuaciones preferentes de inspección tributaria y las divide en dos apartados:
A) Actuaciones de control intensivo. Dentro de este apartado se determinan las actuaciones que se dirigen al descubrimiento, regularización y represión de las normas más graves y complejas de fraude, así como a la comprobación en profundidad del correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias del contribuyente. Las áreas prioritarias, entre otras, para este año 2008, serán:
- Lucha contra el fraude en el ámbito de IVA en operaciones intracomunitarias.
- Control al sector inmobiliario.
- Investigación de operaciones de ingeniería fiscal y de interposición de sociedades.
- Operaciones económicas realizadas con billetes de alta denominación (Si de esos morados que nadie ha visto)
- Detección y regularización de emisores y receptores de facturas falsas.
- Control de la procedencia de beneficios fiscales aplicados por los contribuyentes.
- Detección de actividades económicas no declaradas, haciendo uso de la información captada por el sistema financiero (uso de tarjetas de crédito, cuentas…) a fin de detectar bolsas de economía sumergida.
- Fiscalidad internacional, haciendo referencia a la fiscalidad inmobiliaria del no residente. (No se van a librar ni los extranjeros con casa en la Manga del Mar Menor)
- Control de la importación de productos procedentes de Asia, especialmente textil y calzado.
B) Actuaciones de control extensivo. Se hace referencia a la explotación de la incorporación de los medios telemáticos para comprobar que los contribuyentes cumplen con sus obligaciones fiscales, la presentación de sus correspondientes declaraciones y su pago. Además se prestará especial atención a los contribuyentes incluidos en el régimen de estimación objetiva (conocidos como moduleros) y sus relaciones con otros empresarios en regímenes distintos de tributación.
Así que ya quedamos advertidos de por donde van a ir los tiros, y una vez más sabemos mejor que nunca, que Hacienda somos todos.
Más Info: Plan General Tributario 2008 Foto: Lusi