A vueltas con el IVA de las facturas no cobradas

A vueltas con el IVA de las facturas no cobradas
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Con motivo de la campaña electoral desde muchos ámbitos políticos, empresariales y varias organizaciones vuelven a insistir en el tema de la aplicación del criterio de caja en la declaración del IVA para evitar las situación actual de que las empresas tengan que adelantar el IVA de las facturas no cobradas.

En su día ya comentamos que poner en marcha este sistema es complicado. De hecho, hace unos días, el jefe de Equipo de Inspección y secretario general de la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda, Francisco de laTorre, ha declarado al respecto que la aplicación de este sistema supondrá “un grave problema de control, pero que también tendría que implicar que quien no paga una cuota de IVA no se va a poder deducir el IVA soportado”.

La aplicación del criterio de caja implicaría que los sujetos pasivos de IVA declararían el IVA devengado y el soportado sólo de aquellas facturas cobradas y pagadas. Eso haría necesario un mecanismo de control de cobros y pagos, algo que en los autónomos hasta ahora no es obligatorio, y comunicarlos a Hacienda. Además la Agencia Tributaria debería de implementar dicho mecanismo de control en su sistema.

Todo esto estaría muy bien si resolviera el mayor problema que esta situación provoca pero que, en la practica, no lo hace. Podemos asumir que este nuevo procedimiento evitaria adelantar los impuestos de los ingresos no cobrados pero no acabaría con el auténtico cancer, la morosidad.

De cada mil euros de deuda no cobrada, aplicando el IVA general, 847 euros corresponden a la base imponible y 153 al IVA. Poner en marcha este sistema evitaría adelantar esos 153 euros por cada mil no cobrados, pero el problema es la falta de liquidez que genera en las pymes y los autónomos el no cobrar esos 847 euros.

La aplicación de la Ley contra la Morosidad obliga a las Administraciones Públicas a pagar sus facturas en el plazo máximo de 30 días. Si las administraciones cumplieran estos plazos el cambio de criterio en el IVA no sería necesario para evitar a autónomos y pymes el adelanto de impuestos. Por tanto, lo que se necesita no es ese cambio de criterio sino el cumplimiento de la Ley, que además de evitar ese adelanto daría liquidez a las empresas.

La insistencia de algunos partidos en proponer este cambio hace sospechar que hay muy poco interés en poner en marcha mecanismos que controlen la morosidad de las Administraciones Públicas, que es el verdadero problema. O sea, estamos ante un nuevo parche que, además, va a ser muy difícil poner en marcha.

En Pymes y Autónomos | La aplicación del criterio de caja en la declaración de IVA
Imagen | nimbu

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