El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acaba de dictar una sentencia sobre la improcedencia de un despido fundamentada en una agresión a los superiores que no puede dejar indiferente a nadie. Según informa Expansión, un empleado de una inmobiliaria, justo antes de que se le notificara la primera carta de despido, entiende que:
La agresión física al jefe, empujándole hasta hacerle perder el equilibrio y lanzar al aire patadas de kárate con el objetivo de alcanzarle, no reviste la gravedad exigible para constituir causa de despido
No hace mucho, comentamos cómo llamar hijo de puta al jefe, el insulto, la falta de respeto y demás comportamientos reprobables no eran considerados tampoco como causa de despido por un Tribunal; ahora, las agresiones tampoco. ¿Es esta sentencia aceptable?
Bajo mi punto de vista, la inseguridad jurídica que se crea en las empresas es excesiva, se sientan unos precedentes peligrosos dentro de las relaciones laborales y sólo espero que el Tribunal Supremo cambie el sentido de esta sentencia por el bien de todos, tanto trabajadores como empresarios.
No se puede tolerar la agresión física bajo ningún concepto o entorno dentro de las relaciones personales, ni admitir como atenuante la presión de un despido o el estrés que se puede generar con esta situación. Si entramos en esta tónica, dejará de existir el despido procedente dentro de la relación laboral y la capacidad de decisión y organización de la empresa estará minada de por vida.
Por más vueltas que le doy a toda la normativa laboral en materia de derechos y obligaciones, convenios colectivos o sentencias judiciales anteriores, nunca antes se había admitido una agresión en los términos que se ha llevado a cabo en esta ocasión. Si la presión psicológica es atenuante, hagamos de abogados del diablo ¿por qué no lo es en el caso de agresiones a médicos u otros funcionarios en el ejercicio de su profesión?
¿Acaso crea más presión un despido que una negligencia médica? Y si realmente queremos meter el dedo en la llaga, mejor no entremos en materia de agresiones sustentadas en violencia de género, fuertemente perseguidas por la autoridad judicial y fuerzas de seguridad del Estado (que por cierto veo perfecto). Como vemos, de no existir un criterio lo suficientemente objetivo en esta materia, el empresario queda totalmente desprotegido frente a abusos físicos y emocionales hacia su persona. Sólo me gustaría ver al juez en una situación idéntica a la juzgada a ver si sigue manteniendo que el despido es improcedente.
Vía | Expansión
En Pymes y Autónomos | Hijos de puta; todos a trabajar que son asuntos serios
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