Las sanciones tributarias: introducción

Las sanciones tributarias: introducción
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Explicamos en un post anterior en qué consisten las infracciones tributarias. Como también comentamos, la normativa asigna a cada infracción una clasificación por su gravedad y una determinada sanción para el contribuyente que la cometa, por acción u omisión.

Las infracciones tributarias se sancionarán con la imposisión de castigos de caracter económico pero, en determinados casos expecialmente graves, la sanción económica puede ir acompañada de otra accesoria que puede suponer la pérdida de determinados derechos.

Algunas de esas sanciones accesorias pueden ser la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, la prohibición de contratar con la Administración, la pérdida del derecho a aplicar determinados beneficios fiscales, lasuspensión del ejecicio de profesiones, oficios, empleos o cargos públicos o la pérdida del derecho a recibir ayudas públicas.

En cuanto a las sanciones económicas, éstas pueden consistir en una multa fija o proporcional. Las multas fijas son aquellas que asignan un importe determinado como sanción por una infracción, por ejemplo, la presentación de una declaración erronea, sin que ésta suponga perjuicio económico, supone una sanción de 150 euros.

Las multas proporcionales son las que se sancionan con una cantidad variable y se calculan aplicando un determinado porcentaje sobre la repercusión económica de la infracción. Por ejemplo, la infracción por dejar de ingresar una deuda tributaria supone el 50% de la cantidad no pagada.

Para aplicar el régimen sancionador se establecen determinados criterios que sirven para calibrar la gravedad de las infracciones. Estos criterios son:

  • La reincidencia en la comisión de infracciones de la misma naturaleza en los últimos cuatro años.
  • El perjuicio económico para la Hacienda Pública derivado de la infracción cometida.
  • El incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación.
  • El acuerdo o conformidad del interesado, que puede reducir el importe de la sanción.

En próximos post trataremos la clasificación de las infracciones y las distintas sanciones a aplicar en cada caso.

En Pymes y Autónomos | ¿Son deducibles las sanciones en el Impuesto sobre sociedades?
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    • me parece de autentica verguenza que unos cuantos parásitos dentro de hacienda tengan poder para arruinar en la mayoría de las ocasiones a ciudadanos, autónomos y empresarios solo por tener un poder sin límites mal concedido, es como dar licencia de armas y regalar una escopeta a un psicopata, es de verguenza que solo por cojones y por su poder y sin antes ser juzgados por la ley ( por cierto, para que necesitamos magistrados si con esta panda de incompetentes para cuando llega un contencioso, con razón o sin ella ya te han embargado, humillado, dejado sin clientes, acabado con tu familia y su estabilidad, y hasta con tu salud, para que? las actas que cierran, en su mayoría como en mi caso solo con "se presupone", "se sospecha", "cabe suponer", "se deduce" etc,etc jamas y eso despues de dos años de joderme la vida y teniendo que cerrar justificando su tiempo tal vez? a pesar de no probar ni encontrar nada, porque no hay nada, solo su presunción de culpabilidad para mí se permite el lujo de joderme mientras llega un contencioso que puede ser dentro de un año ó mas? les jode encontrar las cosas bién hechas, escrupulosamente llevadas y sin posibilidad de "morderte"? eso es un delito?. Debieran condenarlos por injurias y falsedad en actas y al menos mandarlos al paro por inutiles, incompetentes y sinverguenzas. Luego nos echamos las manos a la cabeza cuando alguien coje una escopeta y la arma? acaso hasta el perro mas docil no ataca cuando se ve acosado? de que nos estrañamos si nos acorralan indecorosamente y cuando el gobierno en vez de potenciar la justicia, lo que hace es privarnos de derechos tan elementales como la presunción de inocencia, la defensa y nos abandona a nuestra suerte. Tan dificil es al menos darnos el derecho a un juicio inmediato en vez de justificarse con que presentemos avales y garantias hasta el juicio que demuestre nuestra inocencia o sinó embargarnos? En vez de potenciar y aumentar los juzgados y los juicios rápidos,parchea y potencia el poder de hacienda para así ilegalmente llenar las arcas con pisos embargados y pequeñas empresas y familias destrozadas. quien puede presentar ademas garantias ante las vergonzosas sanciones "que no lo son hasta que un juez lo certifique" que meten para no darte opciones? Aún con la educación que he recibido y el respeto que todo ciudadano me merece, y sintiendolo mucho, he de decir que estos mal llamados funcionarios de hacienda no me merecen el mas mínimo respeto y son unos autenticos hijos de puta sin escrúpulos, además corruptos porque no tienen el menor escrúpulo en muchas ocasiones en mercadear con los contribuyentes para llegar a acuerdos y cuando te niegas te hunden abusando del poder que les ampara con razón,repito, o sin ella, al menos hasta que un juez ( generalmente ya tarde) te de la razón, pero habiendote hundido moralmente, economicamente y socialmente. unos autenticos hijos de puta. Sr Rajoy en sus manos está acabar con esta masacre de personas que aún creen en la justicia y en Ud, y los que le acompañan en esta legislatura. Y no tiene excusa con lo hecho por Zapatero, por favor, repare este sinsentido y no nos desampare.

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