Esta es la reforma de nuestro sistema de pensiones

Esta es la reforma de nuestro sistema de pensiones
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El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros de hoy el anteproyecto de ley de la reforma del sistema de pensiones, dando así por finalizado el periodo de negociación con los agentes sociales. Esta reforma tendrá que ser aprobada ahora por el Parlamento y entrará en vigor en 2013.

Se confirma que la edad de jubilación será a los 67 años, si bien este incremento se hará de forma paulatina de manera que será totalmente efectiva en 2027. Se modifican también los periodos de cálculo de las pensiones, los sistemas de jubilación anticipada y las prejubilaciones, así como las bonificaciones por prolongar la vida laboral una vez alcanzada la edad de jubilación. El paquete de reformas la detallamos a continuación.

El incremento de la edad de jubilación se hará aumentando un mes por año durante los seis primeros años (2013-2018) y de dos meses por año en los nueve siguientes (2019-2027). De la misma manera se aumentará el periodo de cotización exigido para el cobro del 100% de la pensión, que quedará fijado al final del periodo transitorio en 37 años frente a los 35 actuales. Se contempla la posibilidad de jubilarse a los 65 años con el 100% de la pensión cuando se tengan cotizados 38 años y medio.

Se incentivará el retraso voluntario de la edad de jubilación con una bonificación del 3,5%, esta bonificación se aplicará a aquellos que trabajen después de los 67 años y a los que lo haga después de los 65 años y que puedan jubilarse a esa edad por sus años cotizados.

No se modifica el periodo mínimo de cotización para tener derecho a la pensión contributiva que sigue fijado en 15 años y que dará derecho al 50% de la pensión, como hasta ahora, pero sí el periodo de cómputo para el cálculo que pasa a ser de 25 años. El aumento del perido de cómputo se hará a razón de un año por año, de tal forma que los 25 años de cómputo se aplicarán a partir de 2022.

También se modifican los criterios para poder optar por la jubilación anticipada, de tal manera que cualquier trabajador podrá acogerse voluntariamente a esta posibilidad siempre haya cumplido 63 años y tenga cotizados un mínimo de 33 años, la reducción que se aplicará sobre el importe de la pensión será del 7,5% por cada año que le falte para alcanzar la edad reglamentaria, ahora mismo se aplica una reducción del 8% por cada año.

Se aplicará una reducción de la edad de jubilación para profesiones penosas. El Gobierno definirá a qué profesiones se aplicará este sistema y con que reducción podrán jubilarse, esto se hará a través de un Decreto-ley.

Las mujeres podrán contar, a partir de 2013 y sólo a efectos de jubilación, con 116 meses de cotización por cada hijo, con un máximo de dos años, siempre que hayan tenido que dejar de trabajar para hacerse cargo de su cuidado.

Por lo que respecta a la cotización de los programas formativos remunerados (becas), se aplicará un sistema de cotización voluntaria, similar a la de los contratos de formación (50 euros). Para ello habrá que recurrir a la firma de convenios especiales con la Seguridad Social. Esta medida podrá hacerse con efecto retroactivo, pudiendo recuperar las cotizaciones de cuatro años (2006-2010).

Se endurecen los criterios que rigen las prejubilaciones de manera que la edad mínimo para acogerse a esta opción pasa de los 52 a los 55 años y la carga para la empresa se amplía hasta que el trabajador cumpla los 63 años, en lugar de los 61 actuales.

En cuanto a los autónomos, durante los próximos quince años, las bases mínimas de cotización del RETA crecerán de forma similar a las bases medias del Régimen General, con el fin de acercar la protección de ambos regímenes y se igualen las condiciones de los autónomos y los trabajadores del Régimen General.

Todo esto puede todavía sufrir alguna modificación en su trámite en el Parlamento, pero el texto definitivo no diferirá mucho de éste, habida cuenta de que varios grupos parlamentarios ha manifestado estar de acuerdo con el mismo.

Más información | La Moncloa
En Pymes y Autónomos | La pensión de jubilación de los autónomos
Imagen | La Moncloa

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Comentarios cerrados
    • Titular erroneo.... Podríamos mejorarlo:

      Tras una política económica basada en el ladrillo y el despilfarro... y un nepotismo politico sin precedentes, donde se han fomentado los oligopolios de los banqueros, eléctricas, telefónicas, gasistas, y tras entrar en el euro renunciar a devaluar la moneda como otros paises en apuros. El hecho ser un pais semipobre en aquellos lugares donde no alcanza la administracion o los oligopolios, ha ocasionado que haya que devaluar la calidad de vida. ¿El camino? empieza por las pensiones.

      Ahora, tenemos en papeles... que la siguiente generacion será mas pobre que la anterior.

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    • Avatar de hotjamaicano Respondiendo a hotjamaicano

      Totalmente de acuerdo contigo. España es en estos momentos prisionera del euro, no puede devaluar por tanto su moneda y ajustar su competitividad mediante una política monetaria. Lo tiene que hacer bajando por tanto precios y salarios, que es mucho mas doloroso. Lo que si puede hacerse ya es adelgazar el Estado, por ejemplo liquidando el oneroso Estado de las autonomías, que finalmente es mantenido por los impuestos de la actividad productiva, y reformar el sistema financiero, las Cajas, una anormalidad en el sistema, cajas y autonomías son un cóctel explosivo.

    • Comentario moderado
    • Si el comisario europeo de Energía ha criticado con dureza a los países que han decidido recortar las primas a la producción de energías renovables y, sobre todo, los recortes con carácter retroactivo, por atentar «contra la seguridad jurídica imprescindible que necesitan las empresas para invertir ». Y las principales asociaciones del sector de renovables españolas han presentado un recurso ante la Audiencia Nacional en el que instan a que el Tribunal Constitucional analice el decreto aprobado por el Gobierno en diciembre pasado por considerar que vulnera los principios de legalidad, irretroactividad y seguridad jurídica protegidos por la Constitución. Que pasa en el caso de los autónomos ante la reforma del sistema de pensiones? Hasta ahora los trabajadores autónomos planificaban su pensión con una legislación que computaba la media de los últimos 15 años cotizados para el cálculo de la pensión que deberían percibir. Si con esta reforma se pretenden computar la media de los últimos 25 años cotizados, la planificación de esta "inversión-cotización" que se basaba en una regulación jurídica que ahora pretenden modificar y con carácter retroactivo. ¿No podemos considerar con esta reforma que se vulneran los principios de legalidad, irretroactividad y seguridad jurídica protegidos por la Constitución? ¿Acaso los comisarios europeos protegen más al capital que a las personas? A continuación se describe un ejemplo claro de lo que produce esta reforma: - un trabajador ahora tiene 52 años y que decidió subirse la cotización al máximo desde que cumplió 50 años, es imposible que pueda quitarse 10 años y volver a tener 40 para planificar su "inversión-cotización" y así volver a realizar una nueva planificación. En este caso tenemos la siguiente aproximación, 10 años cotizados por 251,70 €/mes y 15 años cotizados por 530 €/mes. Es obvio que no es lo mismo la media de los últimos 15 años cotizados que la media de los últimos 25 años cotizados. Si estáis interesados en recurrir ante la Audiencia Nacional esta reforma del sistema de pensiones por el perjuicio que ocasionan a los autónomos. Reaccionar, agruparos y moveros para contratar a los mejores bufetes de abogados y taparles a recursos incluso ante los tribunales europeos.

    • Si ya lo he enviado porque lo quitais, no vulnero nada

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