La Seguridad Social permitirá que los autónomos societarios también puedan acogerse a la tarifa plana

La Seguridad Social permitirá que los autónomos societarios también puedan acogerse a la tarifa plana
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Al fin. Después de varias sentencias emitidas por el Tribunal Supremo que reconocían el derecho de los autónomos societarios a acceder a la tarifa plana, la Seguridad Social ha modificado su criterio, y permitirá a este tipo de trabajadores acogerse a la bonificación para nuevos trabajadores por cuenta propia en las mismas condiciones que el resto.

Así lo ha señalado la Federación de Trabajadores Autónomos en su página web, celebrando la rectificación de la Seguridad Social. Las sentencias que han justificado este cambio son: sentencia de 3 de diciembre de 2019, dictada en el recurso de casación nº5252/2017, de 27 de febrero de 2020, dictada en el recurso de casación 1697/2018, y Sentencia de 4 de marzo de 2020, cuyo tenor literal expresa “debemos reiterar, por razones de seguridad jurídica (artículo 9.3 de la CE) e igualdad en la aplicación de la Ley (artículo 14 de la CE)”.

En aquel momento, el Alto Tribunal dio la razón a aquellos trabajadores autónomos que denunciaron la imposibilidad de acceder a la tarifa plana del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) por su condición de societario hasta en tres sentencias diferentes, y que obligó a la Seguridad Social a devolver las cantidades abonadas de manera indebida a estos trabajadores.

Recordemos que la tarifa plana supone una bonificación en la cuota de autónomos de 60 euros al mes. Un ahorro que ya en el caso de los trabajadores autónomos y era importante (la cuota mínima es de 283,32 euros al mes), pero que aún sería mayor en el caso de los autónomos societarios, cuya base mínima de cotización es de 1.214,10 euros al mes, lo que hace una cuota de 367,80 euros mensuales.

Además, se han dictado providencias del Alto Tribunal que dejan sin validez los recursos de casación interpuestos por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre este asunto, al considerar que la cuestión objeto de debate ya quedó resuelta por la sentencia del 3 de diciembre.

Las principales asociaciones de autónomos han celebrado este cambio de criterio tan esperado, sobre todo por el agravio comparativo que suponía este criterio respecto al resto de trabajadores autónomos.
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