Hoy es el día que se da inicio a la campaña de la RENTA 2019 y se puede confirmar el borrador o realizar una simulación de la declaración si no tenemos todos los datos. Esta es una opción interesante que podemos utilizar desde el portal de RENTA 2019 y que nos permite tener una previsión de lo que va a ocurrir con nuestra liquidación.
A pesar de la situación con el Estado de Alarma desde la Agencia Tributaria no han querido retrasar el inicio de la campaña para que los contribuyentes cuyo resultado de la declaración es a devolver puedan confirmar el borrador y empezar a recibir a partir del viernes la devolución. También se puede confirmar a través de la app de la Agencia Tributaria.
Respecto al simulador RENTA WEB Open, hay que tener en cuenta que no se pueden importar los datos fiscales directamente, no podemos presentar la declaración una vez completada. Por lo tanto solo nos servirá para hacernos una idea del resultado de nuestra declaración sin que quede grabado como borrador en los servidores de la Agencia Tributaria.
En este sentido es parecido a la opción que nos daba el antiguo programa PADRE. En este caso una vez que hayamos concluido con la introducción de datos podemos guardar el fichero en nuestro ordenador y recuperarlo más adelante. Podemos realizar tantas simulaciones como sean necesarias y comparar entre ellas. En todo caso si tenemos dudas siempre podemos esperar a que se active el plan Le Llamamos para que nos ayuden telefónicamente en la confección de la declaración.
Es una buena oportunidad para realizar la declaración tranquilamente, revisar todos los datos y acudir a las ayudas, tenerlo todo claro para luego pasar a realizar la declaración directamente con RENTA Web, para poder confirmarla y que quede grabada en la Agencia Tributaria. Para ello como siempre tenemos que identificarnos con la referencia, DNIe, Cl@ve PIN o certificado electrónico.
Por último recordar que no tendrán que declarar los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2019 rentas procedentes exclusivamente, en tributación individual o conjunta, de rendimientos íntegros del trabajo con el límite general de 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador.
En el caso de tener dos pagadores o más y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales tampoco hay obligación de declarar si no se supera el límite de 22.000 euros.