Los contribuyentes pueden presentar su declaración de la renta de dos formas: individual o conjunta. La primera opción supone su presentación de cada declaración por separado, mientras que la segunda exige que se presente de forma conjunta sumando la totalidad de ingresos de la unidad familiar.
Requisitos para tributar de forma conjunta
Tan solo se podrá presentar de forma conjunta en dos supuestos:
- Estar casado con vínculo matrimonial. En este supuesto, las parejas de hecho no podrán presentar su declaración conjunta.
- Sin vínculo matrimonial o en caso de separación legal, donde se incluyen las parejas de hecho. En este caso, el contribuyente podrá incluir a sus hijos en la declaración de la renta y tributar con ellos.
Eso sí, tan solo podrás hacer la declaración conjunta con los menores de 18 años. No obstante, podrás beneficiarte del mínimo por descendiente hasta los 25 años siempre que tengan rentas inferiores a 8000 €.
Aumento del mínimo familiar por tributación conjunta
Todos los contribuyentes, con independencia de su situación familiar, tienen garantizado un mínimo personal de 5.550 € exento de tributación en la declaración. Este mínimo aumenta si se tienen hijos o ascendientes a cargo. Pero también aumenta en el caso de tributación conjunta.
En concreto, la declaración conjunta aumenta este mínimo personal en 3400 € para unidades familiares formadas por ambos cónyuges y sus hijos, en caso de que los hubiera. Sin hijos, el mínimo familiar será de 8.950 €. En unidades monoparentales formadas por el padre o la madre y los hijos, el aumento adicional es de 2150 € (7700 € en total)
Eso sí, en una declaración individual, cada uno de los contribuyentes podrán aplicarse los citados 5550 €. Es decir, al sumar ambos mínimos alcanzarán los 11.050 €. Este mínimo es superior que el aumento del mínimo por tributación conjunta.
¿Qué me conviene más?
A la mayoría de contribuyentes les interesará la declaración individual. El motivo es que, al integrar los ingresos de ambos contribuyentes en la declaración. Sin embargo, en algunos supuestos, conviene la tributación conjunta, como el caso de que solo uno de los dos cónyuges trabajase.
No obstante, la herramienta Renta Web permite comparar ambas modalidades para que el contribuyente pueda saber qué opción conviene más.