Insultar al jefe sale casi gratis

Insultar al jefe sale casi gratis
12 comentarios
HOY SE HABLA DE

In dubio pro labore. Creo que es un principio básico que todo empresario, que todo profesional, debería conocer. Se trata de uno de los que impulsan la normativa laboral y su aplicación judicial y administrativa. Y más vale que sea tenido en cuenta para que luego nadie se lleve sorpresas. Para los que no seáis amigos del latín deciros que su traducción viene a ser que en caso de duda hay que estar a favor del trabajador. Así de sencillo.

Pero, ¿ de qué duda? No nos estamos refiriendo, como ocurre en el Derecho Penal a una duda probatoria. Es, a mi juicio, bastante más duro. Es una duda interpretativa. Y es que a la hora de interpretar una norma, y ante una duda razonable, hay que elegir siempre la opción más favorable al trabajador (y por ende la más desfavorable, si hay un conflicto de intereses, para el empresario). Digamos que en el Derecho laboral, lo de la imparcialidad y demás como que no se lleva mucho, siendo uno de los faros de la llamada discriminación positiva (discriminación a fin de cuentas). Se busca restaurar a través de las herramientas jurídicas un supuesto desequilibrio entre empresa y empleado, lo que nos acaba conduciendo a estos eriales. Y si no, ya me contará alguien cómo es posible que insultar gravemente a un jefe salga casi gratis en el mundo laboral.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 10 de febrero de 2009. Recientita. Un empleado llama loco e hijo de puta a su jefe. El Tribunal reconoce que podría interpretarse que estamos dentro del 54.2 del Estatuto de los Trabajadores que reconoce como causa de despido disciplinario las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos. Pero dice que hay que entender el contexto, que hay que superar una interpretación gramatical. Sostiene la Sala que estas expresiones son de uso corriente en determinados ambientes, especialmente en las discusiones (parece ser que había un tema de comisiones por medio. Por tanto le parece excesivo considerar dichas frases como un maltrato o una falta de respeto o consideración, que es lo que el Convenio Colectivo de dicho sector considera, en linea con el 54.2 como causa de despido. El despido se califica como improcedente.

Ya . Que te llamen loco o hijo de puta no les parece una falta de respeto o consideración. Ya. Que hay que entender el contexto. Ya. Me gustaría ver que pasaría si el empresario se dirigiese a ellos con esos mismos términos al conocer la sentencia. Digo yo que habría que comprenderle no, que total esto es una discusión, y que ya sabemos, que en determinados ambientes la cosa se ha degradado mucho. Seguro que se lo hubiesen tomado bien. ¿O quizás me equivoco?.

Vía | Expansión
En Pymes y autónomos | Marketing con mal gusto: insultos a cambio de cañas, Usar el móvil ¿Puede ser causa de despido?
Imagen | szelea

Temas
Comentarios cerrados
    • interesante

      El tema es muy delicado pero hay otra forma de insulto que sale aún más gratis y es la continua y constante degradación del empleado que hacen muchos jefes.

    • interesante

      Bueno, casi nunca entro a comentar nada pero hoy habéis tocado dos temas muy interesantes y ahí estoy dando mi opinión (en esta vida hay que mojarse no?). Es cierto que en nuestro ordenamiento jurídico se mantiene el susodicho principio de "in dubio pro operario" (perdona que te corrija IC pero me siento obligado). Es muy cuestionable la vigencia, incluso la conveniencia de hacer que nuestro sistema juridico-laboral sigan reposando sobre este tan cuestionable principio, pero, si os parece, podríamos abrir otra entrada en la que discutamos sobre su oportunidad en el siglo XXI, porque estimo que seria muy interesante y porque no quiero desvirtuar el comentario del que nace este hilo. Yo creo que en este tipo de valoraciones hay que huir siempre de esos titulares periodísticos del tipo de: "Tribunal culpabiliza a un albañil de su muerte al caerse de un andamio", porque se corre es riesgo de perder la objetividad necesaria a la hora de tratar estas cuestiones. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña efectivamente sostiene que la "degradación social del lenguaje ha provocado que las expresiones utilizadas sean de uso corriente en determinados ambientes, espacialmente en el marco de las discusiones" Y es ahí donde lo incardina (como no puede ser de otra manera) para llegar a la conclusión de si está mas o menos justificadas sus palabras o, mejor aun, si es proporcional o no la sanción impuesta por la empresa por estas supuestas ofensas, llegando a la conclusión de que "es desproporcionada la calificación de la falta como de muy grave". No olvidemos, por otra parte, que nuestra doctrina jurisprudencial exige dos cosas importantisimas para dotar de suficiente gravedad estas faltas, una que los insultos deben de proferirse con la intención de injuriar y otra, que no debe ha haber provocación previa (cosa que fácilmente pudo darse en este supuesto ya que todo se produce cuando el trabajador entró a pedir una dietas no abonadas por la empresa, lo cual desemboca en una discusión). Dicho todo esto, no es que esté de acuerdo con la interpretación del TSJ, pero hay que explicar bien porque el tribunal llega a esa conclusión, precisamente por lo que decía antes. Otra cuestión que no es baladí, es que el Juzgado de lo Social dictó una sentencia que declaró el despido procedente y por tanto entendió que los insultos revestían gravedad suficiente (cada cual que saque conclusiones) Con relación a lo que comentas sobre cómo se interpretarían esas mismas manifestaciones del empresario al trabajador, solo te digo una palabra también muy de moda IC: mobbing (y no es la letra de una famosa canción ehhh) Saludos a todos.

    • interesante

      Admito el tiron de orejas cariñoso y pormeto comentar todo lo que se me ocurra con el fin de erriquecer el debate que siempre es sano.

      Con respecto a la contribucion de sus señorias a la degradacion del lenguaje, no se, es una vision, yo creo que no lo hacen expresamente; digamos que su labor es dificil, ellos dicen que les toca refrendar la pena mas alta que existe en derecho laboral (equivalente a mandar a un reo a la carcel) y que si no lo tienen muy, pero que muy claro, no firman una procedencia. (de ahi lo de in dubio...)

      Con respecto al fallo contrario, queria decir que es relativamente facil encontrar sentencias dispares a la hora de juzgar los mismos hechos, con que fijate los que opinamos desde fuera. Un despido siempre es recurrible en un TSJ, otra cosa es que consigas darle la vuelta a la tortilla como ha pasado aqui.

      Con respecto a lo de los insultos a los miembros de la Sala, primero seria imposible, pues no hay audiencia publica ni nada que diera lugar a esa situacion. Como no les esperaras con un bocadillo a la salida del tribunal... y no te lo aconsejo ;-)

      Saludos.

    • @tevi, eso de que es la regla es bastante discutible y más en esta época de precariedad laboral en el marco de la crisis. Hace unos años, a la menor te surgía una demanda por parte de un trabajador que había sentido mermados o afectados sus derechos pero hoy día se ha de aguantar bastante más que hace unos años. Si hablas con los empresarios, los trabajadores son unos chorizos que los engañan en tiempo de trabajo, compromiso y vocación hacia la empresas. Todo esto se refleja en la relación patrón/empleado. Sé de más de un caso en el cuál el trabajador no ha optado por una acción más definitiva por como está el mercado laboral.

    • Johny, que sale casi gratis judicialmente lo confirma la Sentencia citada. Que luego cada empresa es un mundo, cierto.

    • Jeshua, tienes razón en lo del tema de la transcripción. Pero creo que el entrecomillado de la noticia nos indica por donde van los tiros. Permíteme que lo diga en plan burro: 1.la degradación social del lenguaje ha provocado que las expresiones utilizadas “sean de uso corriente en determinados ambientes"Esta sociedad da asco y lenguaje se ha degradado mucho. Hacen referencia a distintas capas de la sociedad, no a la empresa en concreto 2. especialmente en el marco de las discusiones, como era el caso, dado que el trabajador reclamaba el abono habitual de la cantidad correspondiente a comisiones. Y prosigue diciendo que en dichos sectores sociales, no en la empresa en concreto, es habitual cuando se discute usar esas expresiones. O eso piensa la Sala.

      Es decir, y a expensas de lo que comentas acertadamente, parece que la justificación no va por la habilitación por los propios actos si no por una suerte de interpretación de los magistrados de la realidad social.

      En parte continuo respondiéndote en el siguiente comentario....

    • Tevi, primero tirón de orejas cariñoso, hay que comentar más, que si no esto no tiene gracia, ;)

      1. Lo del latinajo lo he oído de las dos maneras. Estudie latín y se me olvido todo, lo juro, no se si pague al contado o con tarjeta, es que no recuerdo, ;). 2. En todo caso, como penitencia, y por gusto propio me apunto el desarrollar ese post que comentas, que, como imaginas más bien será una invitación a debatir, y asi solventamos lo de la baja participación. 4. Sobre el titular tienes parte de razón. Pero por otro lado no lo hubiese hecho si esto fuese la Revista Crítica de Derecho Laboral. En ocasiones hay que buscar algo semisugerente, dado que el lector tipo del blog es un pequeño empresario, un autónomo. Todo ello sin perjuicio de guardar un poco las formas, como señalas. 4. Me pregunto hasta que punto los señores magistrados, junto con otros, no son responsables de dicha denigración del lenguaje. Y no me refiero a las Sentencias o Autos indescifrables ( y tengo algún ejemplo). Me refiero a que contribuyen plenamente a esa denigración admitiendo que aquí todo pichichi pueda insultar con bajas o nulas consecuencias. Y no hablo sólo del tema laboral. Ante este vale todo, se ha perdido la ironía y el arte de insultar con inteligencia, y eso es muy grave, ;). 5. Respecto a los dos presupuestos jurisprudenciales que citas, entiendo que el primero tiene mucho que ver con lo que comentaba a jeshua, y no lo veo aquí. En cuanto al segundo, no comparto tu visión. Precisamente que a día de hoy haya dificultades de pago no me parecen una provocación. Más bien una pena. Eso si, habría que estar al caso en concreto. 6. Cierto, hubo un Juez que valoro lo contrario, por eso llegó al TSJC. Como no soy abogado laboralista, quizás estoy equivocado, pero ¿cuales son las posibilidades de que un TSJ te admita un recurso en el Orden Laboral? 7. Al principio no entendía lo que me comentabas del mobbing. He releído el post y me he dado cuenta. No, no me referí a que el empresario insultase (bueno, conforme a la realidad social jurisprudencial no se si sería un insulto) si no a los miembros de dicha Sala, así, a voz en grito y con términos idénticos. Tengo la extraña sensación de que la cosa iba a cambiar....

    • Bueno, pues ya me doy por satisfecho con el post con haber ganado un comentarista para la causa...

      Yo creo que parte del problema esta, precisamente, en concebir el Derecho Laboral como una suerte de Derecho Penal donde hay una clase oprimida que debe sus derechos garantizados, pero creo que me salgo en exceso del tema del post.

      Mi referencia no era a la disparidad de sentencias. Más bien me refería a que tenego entendido que es bastante raro que, en materia laboral, en una segunda instancia, admitan el recursos, pero quizás estoy mal informado.

      Si, tenía claro que no hay audiencia. Me refería exactamente a lo que tu dices, a esperarles en la puerta (sin bocadillo). Y lo cierto es, siguiendo el razonamiento de sus sentencia no se por qué se tendrían que molestar. Ya saben que el lenguaje es un asco...

    • IC lo que habras oido, con toda seguridad, es que es muy dificil conseguir que te admitan un recurso de Casacion ante el Tribunal Supremo, principalmente porque tiene que haber identidad de hechos y eso, con lo casuitico que es el mundo laboral es casi imposible.

      Y con relacion a lo que comenta Pañolator, opino que eso era la realidad que se daba hace unos años ya que ahora hay mecanismos suficientes y muy efectivos para que un trabajador no tenga que soporetar ninguna situacion de acoso por parte de su empresa. Dicho esto, no te discuto que no exista alguna situacion aun, pero vamos, que no es la regla.

      Un saludo.

    • Tevi, me refería a los recursos ante los TSJ, al menos así me lo han vendido.

    • IC, insultar a un jefe no sale gratis,por lo menos en las empresas donde he trabajado, siempre se ha guardado respeto a los dueños o a los superiores en jerarquía, mientras que he visto muchas veces como el dueño de una empresa, o un jefe le ha faltado al respeto a un trabajador y nunca ha pasado nada. Es la clase de empresarios que tenemos y nos merecemos.Conste que no pretendo generalizar, pero no dudes de que es así.

    • Creo que el análisis del contexto es importante para decidir una sanción disciplinaria. La nota que se comenta falla garrafalmente en dar solo una opinión adversa sin haber siquiera trascripto los fundamentos del fallo. Imagínese que si el trabajador lleva 20 años en la empresa y es el modo habitual de trato la utilización de palabras soeces, no puede considerarse nunca una expresión de ésas como injuriante y causar un despido justificado. Si ello no es una práctica habitual, el entorno es de respeto, el insulto si puede ser ocasión de una sanciòn grave. Pero vayamos a otra hipótesis: nunca el empleado faltó el respeto, pero sí lo ha hecho cotidianamente el empleador. El empleado hastiado le responde con un epíteto similar: ello puede habilitar a despedirlo con justa causa??? Vuelvo al comienzo: hay que ver el fundamento, y si el contexto habilitaba la utilización cotidiana de términos soeces, ello importa tácitamente la autorización del empleador y, por la doctrina de los propios actos (que importa nada menos que no borrar con el codo lo que se escribió con la mano) no puede originar un despido disciplinario.

    Inicio
    ×

    Utilizamos cookies de terceros para generar estadísticas de audiencia y mostrar publicidad personalizada analizando tu navegación. Si sigues navegando estarás aceptando su uso. Más información