El pasado 19 de abril el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto (PDF) de reforma de la Ley General de Consumidores y Usuarios que adapta la normativa española a la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos de los consumidores. Entrará en vigor a partir del 13 de junio de 2014.
Este anteproyecto establece un nuevo marco legal para los contratos a distancia y fuera del establecimiento del empresario, que cambiará el funcionamiento del sistema de comercio electrónico para aumentar el nivel de protección de los consumidores y facilitará la compra-venta entre estados pertenecientes a la Unión Europea, dificultada por las diferentes normativas de los estados.
Claves de la nueva normativa de comercio electrónico
Trusted Shops ha analizado el anteproyecto y presentado las diez principales novedades y claves de este cambio legislativo en la relación entre el consumidor y el empresario:
- Información previa al contrato. Se incrementa la información que se debe facilitar a los consumidores en los contratos a distancia y fuera del establecimiento del empresario.
- Plazo de desistimiento. El plazo para ejercer el derecho de desistimiento pasa a ser 14 días naturales. De no facilitarse información previamente, el período de desistimiento expirará 12 meses después de la fecha de expiración del período de desistimiento inicial.
- Modelo informativo sobre el derecho de desistimiento. Se introduce un nuevo modelo informativo sobre el derecho de desistimiento.
- Formulario de devolución. Se introduce un formulario de desistimiento que deberá facilitarse junto con la información previa al contrato.
- Excepciones del derecho a la devolución. Se aumentan y amplían las excepciones del derecho de desistimiento, por ejemplo, con los bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados tras la entrega.
- Consecuencias del desistimiento. Consumidor y empresario deberán restituirse recíprocamente las prestaciones antes de que transcurran 14 días naturales desde la comunicación del desistimiento. Se introduce un derecho de retención a favor del empresario, el cual puede retener el reembolso del precio hasta haber recibido los bienes o una prueba de su devolución. Este derecho de retención no se aplica si el empresario se ha ofrecido a recoger los bienes.
- Costes de envío originario. En caso de devolución, el empresario reembolsará al consumidor los costes de envío originario salvo que el consumidor haya seleccionado una modalidad de entrega diferente a la ordinaria.
- Botón de pedido. El botón de pedido ha de indicar claramente que el cliente se obligó al pago (por ejemplo, con expresiones como “comprar ahora” o “pedido con obligación de pago”). En caso contrario, el consumidor no quedará obligado por el contrato.
- Cargas encubiertas. Se incluyen disposiciones contra las llamadas “cargas encubiertas”. El consumidor ha de otorgar de forma expresa su consentimiento para todo pago adicional a la obligación contractual principal. De haberse seleccionado por defecto el pago adicional, (por ejemplo, si la casilla de contratación de un seguro de viaje se encuentra marcada por defecto) el consumidor tendrá derecho al reembolso del mismo. Además, queda prohibido facturar por los medios de pago cargos superiores a los asumidos por el empresario.
- Líneas de atención al cliente. En caso de que el empresario opere una línea telefónica a efectos de comunicarse con él en relación con el contrato celebrado, el consumidor no estará obligado a pagar más de la tarifa básica.
Estos cambios permitirán aumentar la confianza de los consumidores e influirán positivamente en el comercio electrónico, ya de por sí en auge, de las pequeñas y medianas empresas, más desconocidas para los consumidores.
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