¡Me voy!

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HOY SE HABLA DE

Hace unos días Pablo Herrero trataba cómo cambiarse de empresa con profesionalidad y dignidad, e intentando no cerrarse las puertas, aunque en algunas ocasiones uno pueda pensar lo a gusto que se quedaría diciendo lo que piensa realmente.

Efectivamente, no se deben perder las formas, ni los formalismos, y antes de marcharnos debemos estar atentos a cómo comunicamos la baja voluntaria, pues tenemos que cumplir una serie de pequeños requisitos:

  • Cumplir el preaviso establecido en el contrato, subsidiariamente en el convenio colectivo o en el caso de no figurar en ninguno de los anteriores, según las costumbres de lugar. De lo contrario el empresario está facultado para descontar del importe de la liquidación los días correspondientes a la falta de preaviso.

  • Siempre por escrito. No hagáis caso de: “No, no hace falta que me lo comuniques, me fío de tu palabra”, para luego ver como en la nómina nos descuentan la falta de preaviso.

  • Con acuse de recibo por parte del empresario. Debemos realizar dos copias de nuestra carta una para cada una de las partes.

  • La jurisprudencia viene determinando en algunos supuestos que esta carta debe ser del puño y letra del empleado, para no dar lugar a dudas de su voluntad de extinguir voluntariamente la relación laboral.

Y por último, no es válido echarse atrás una vez presentada la carta y recibida por el empresario, a no ser que el empresario decida dejar sin efecto dicha carta y su contenido, pues ésta muestra nuestra firme voluntad de extinguir la relación laboral.

Foto: Calimano

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