Ahora sólo falta la reforma del mercado laboral

Ahora sólo falta la reforma del mercado laboral
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HOY SE HABLA DE

Con el trámite de hoy y la aprobación de las enmiendas al Decreto Ley aprobado por el Gobierno, ya tenemos la reforma de las condiciones de despido objetivo. Porque lo único que regula esta pseudo-reforma son las condiciones de despido, del resto de temas que se iban a tocar en la reforma, a día de hoy, no se sabe nada.

Se han aprobado los despidos por causas objetivas en los supuestos de existencia de pérdidas “actuales o previstas o la disminución persistente del nivel de ingresos” condicionados a que “puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen de empleo”. El texto indica que la empresa tendrá la obligación de acreditar los resultados y justificar que de estos se puede deducir la “razonabilidad” de la decisión de extinguir la relación laboral para preservar o favorecer la posición competitiva de la emrpesa en el mercado.

También se incluye el absentismo laboral como una de las causas de despido objetivo, la ley fija el límite en el 20% de las jornadas hábiles durante dos meses consecutivos, o el 25% a lo largo de cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de un año, en relación con una media de la plantilla que se rebajará del 5% al 2,5%. Cuando el trabajador alegue que el despido objetivo oculta que la causa real del despido es disciplinaria, corresponderá al propio trabajador la carga de la prueba sobre esta cuestión.

Los inspectores de la Seguridad Social tengan un mayor control sobre los procesos de incapacidad temporal, podrán emitir un alta médica y serán los únicos competentes, a través de sus propios médicos para emitir una nueva baja médica si la situación se produce en un plazo de ciento ochenta días siguientes y deriva de la misma o similar patología.

El 90% de esta pretendida reforma laboral sólo alcanza aspectos referidos a las condiciones de despido y los importes de las indemnizaciones, pero prácticamente en ningún caso se habla de reforma de las verdaderas relaciones laborales. En lugar de regular un marco objetivo que rija la relación empresa-trabajador, se procede a judicializar, más todavía, los procesos de despido, ya que los únicos competentes para decidir que esas nuevas causas objetivas están justificadas serán los Tribunales.

Eso sí, el proyecto de ley señala que en seis meses se emprenderá la reforma de la negociación colectiva, buscando el acuerdo con las organizaciones empresariales y sindicatos. Pero no hay nada más allá de todo esto, ni una propuesta decidida que acabe con la dualidad de contratos, ni un marco específico para las pymes (que son las que generan la inmensa mayoría de los puestos de trabajo en nuestro país), ni una apuesta decidida para aplicar unas nuevas normas en la negociación colectiva (ya se tratará más adelante), sólo causas de despido, indemnizaciones y poco más.

Ahora que los partidos políticos de este país han discutido y aprobado la reforma de las condiciones de despido, esperemos que se pongan a trabajar en una auténtica reforma del mercado laboral.

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Imagen | comakut

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