Autónomo, se acabó ir al notario para realizar estos trámites

Autónomo, se acabó ir al notario para realizar estos trámites
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Buenas noticias para los autónomos. ¡Por fin! Una directiva europea recogida en el BOE permite que los autónomos ya no tengan que realizar algunos trámites de forma presencial en el notario a partir del 9 de noviembre de 2023.

Esto implica que los trabajadores por cuenta propia podrán realizar varios trámites por internet y ahorrarán a la hora de pagar a sus gestores.

Una experiencia digital para agilizar los trámites de ciudadanos y empresas

Con la aprobación de esta ley por primera vez los notarios podrán prestar servicios online tanto a los ciudadanos como a las empresas.

La autorización y firma de documentos se llevará a cabo en la sede electrónica notarial mediante el uso de videoconferencia y firma electrónica cualificada.

Trámites de actos jurídicos que los autónomos podrán hacer de forma online

Constitución de sociedades

Gracias a la nueva normativa será posible constituir sociedades limitadas ante un notario por vía online. Esta ley transpone la Directiva 2019/1151, que exige que, sin necesidad de presencia física, un ciudadano de la Unión pueda constituir una sociedad limitada en otro país miembro.

La directiva recomienda mantener los sistemas jurídicos propios de cada país donde las sociedades se constituyen ante notario,  para mantener un modelo seguro y ágil y que permite la lucha contra el blanqueo de capitales y el fraude fiscal.

Copias electrónicas

Los notarios podrán entregar copias electrónicas autorizadas de los documentos notariales a los ciudadanos y empresas. Se calcula que las copias electrónicas autorizadas emitidas podrían superar los 17 millones al año, lo que significa ahorro en tiempo y papel.

Más actos jurídicos que la normativa europea permite hacer de forma electrónica

Otra novedad que trae la ley es la puesta en marcha del protocolo electrónico notarial (archivo electrónico de las escrituras), que permitirá una mayor agilidad en la transmisión de información a las Administraciones públicas y a particulares y empresas.

Además de las novedades que hemos mencionado, existen otro tipo de trámites que el empresario o cotizante en el RETA puede hacer de forma electrónica:

  • Las pólizas mercantiles.
  • Las actas de junta general y de referencia.
  • Los poderes de representación procesal para hacer trámites en la administración pública.
  • Las cartas de pago y la cancelación de garantías.
  • Los requerimientos iniciales de las actas y aquellas diligencias.
  • Los testimonios de legitimación de firmas.
  • Las declaraciones de obra nueva.
  • La conciliación en los casos que el notario lo considere conveniente.

No está nada mal comprobar que existen mejoras alrededor de la pyme y los autónomos, sobre todo en lo que implica ahorrar tiempo y dinero. Habrá que esperar a noviembre pero lo importante es que lo recoge el BOE.

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