Nuevo plazo de prescripción del delito fiscal

Nuevo plazo de prescripción del delito fiscal
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Estos días se habla de la prescripción del delito fiscal en el anteproyecto de ley presentado por el gobierno por las criticas que está recibiendo del Consejo General del Poder Judicial.

Lo que pretende dicho anteproyecto es la modificación de varios delitos, entre otros, los que se refieren a materia fiscal. Se recogen en el Título XIV del libro segundo del código penal bajo la figura de delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social. Así se plantea elevar el plazo de prescripción , que pasaría de los actuales cinco años que se contemplan en el artículo 131 a diez años, para así facilitar su persecución. El tema de la prescripción de los delitos fiscales siempre ha sido muy polémico. Durante años se discutió si el delito prescribe a los cinco años como establece el código penal o, por el contrario, prescribe a los cuatro años como señala el artículo 64 de la Ley General Tributaria. A pesar de que la doctrina no se pone de acuerdo, ha sido la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la que establece que la prescripción se debe de regir por el plazo de cinco años del código penal.

Ahora bien, estos delitos fiscales se refieren a fraudes superiores a 120.000 euros. Lo que sucede ahora es que cuando se descubre el fraude se detiene el procedimiento administrativo hasta que finalice el proceso penal y lo que plantea la nueva normativa es impedir que la denuncia por un delito fiscal paralice el proceso de recaudación de los tributos por parte de la Administración.

Otro tema que quizás ha pasado más desapercibido en la reforma que se intenta llevar a cabo y que afecta de manera indirecta a la prescripción, es la posibilidad que la presentación de denuncia o querella ante un órgano judicial y contra una persona determinada suspenda el cómputo de prescripción.

Vía | Expansión Para saber más | Informe sobre el Anteproyecto de Reforma del Código Penal Imagen | Paco Rives Manresa

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