Si eres autónomo y tienes deudas, cobrar una pensión digna está más cerca

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Desde el Congreso se ha pedido al Gobierno formar un grupo de trabajo para que estudie la posibilidad de que los autónomos con deudas a la Seguridad Social, la Agencia Tributaria u otra administración, puedan percibir su pensión mientras hacen frente a sus pagos.

Esta propuesta ha sido defendida por la Asociación de Trabajadores Autónomos, ATA y fue presentada en forma de proposición no de ley recientemente. Todos los partidos estuvieron de acuerdo y así lo demostraron con sus votos a favor.

Cuando un autónomo se jubila no puede percibir su prestación por no estar al corriente de pago de sus deudas, esto genera una gran vulnerabilidad al trabajador afectado, ya que puede haber trabajado y cotizado durante décadas, y por no hacer frente a una deuda se quede sin nada.

Requisitos para el autónomo al recibir su pensión

La Seguridad Social es la encargada de abonar las pensiones, esto quiere decir que no estar al día con este organismo y contraer deudas afecta a algunas de estas prestaciones, como en el caso que nos ocupa, la pensión de jubilación de los autónomos.

Para ser beneficiario de esta pensión, es necesario que se cumplan una serie de requisitos de edad, período mínimo de cotización hecho causante.

Además de estos requisitos básicos, existe una condición importante, y sí, nos referimos al hecho de tener deudas pendientes con la Seguridad Social. Si un trabajador por cuenta propia se encuentra en esa situación podrá solicitarla, pero no cobrarla.

Evitar situaciones de insolvencia entre los autónomos jubilados

Por lo injusto de esta situación para los autónomos, se ha llevado al Congreso una medida para cambiarla. El artículo 47 de la Ley General de la Seguridad Social establece la obligación de estar al corriente de pago de las cotizaciones para acceder a cualquier prestación.

El problema es que la rigidez de algunas leyes puede llevar a situaciones de insolvencia a autónomos que lleven toda la vida cotizando y que por mala suerte o cualquier tipo de circunstancia no puedan afrontar unos pagos en el momento de jubilarse, a pesar de contar con los requisitos que antes mencionábamos, como los años de cotización requeridos.

Veremos el recorrido que conlleva este cambio para que el derecho a cobrar tu jubilación no sea un problema si se tiene una deuda con la Seguridad Social, a la que paradójicamente, no se podrá hacer frente si no se tienen ingresos.

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