¿Qué hacer si mi jefe me llama durante las vacaciones?

¿Qué hacer si mi jefe me llama durante las vacaciones?
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Hace unos día debatíamos en estas páginas un asunto tan delicado en las relaciones laborales en la empresa como el llamar a nuestros empleados cuando estos se encuentran de vacaciones. Pues bien, hoy queremos ir un poco más allá en este asunto, analizando qué se debe hacer cuando como empleados nos encontramos con una situación de este tipo.

Pues bien, adentrándonos en el asunto, cuando recibimos la llamada de un superior aún estando de vacaciones, irremediablemente no nos podemos olvidar de la situación de estrés y ajetreo que padecen muchas empresas, ni tampoco del deterioro del mercado laboral y la necesidad de conservar nuestro empleo. No obstante, como en todas las cosas se necesita un equilibrio, debiendo entender que aunque nos encontremos de vacaciones, si existe un motivo razonablemente válido para retornar a nuestra responsabilidad antes de los previsto, debemos de hacerlo.

En relación a esto, es muy importante que hayamos educado a nuestro jefe previamente, de tal modo que si al final acabamos accediendo a todo (peticiones críticas y a las que no necesitan ninguna urgencia), acabaremos malacostumbrándole y condenando a nuestras vacaciones del futuro a interrumpirse de manera habitual.

Por tanto, cuando en alguna ocasión tengamos que regresar por algo que nuestro supervisor considere de urgente y no lo sea, cuando se haya ‘apagado el fuego’, debemos hablar con él el asunto y hacerle ver que no merecía tanta urgencia el asunto. Muchos no lo hacen por el miedo a la opinión de su jefe, pero en las relaciones laborales, así como en la vida, lo que ha de primar es el sentido común y el tacto a la hora de comunicar.

En Pymes y Autónomos | ¿Por qué en vacaciones ideamos planes ambiciosos?

Imagen | gonmi


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Comentarios cerrados
    • En caso de tener que interrumpir nuestras vacaciones y retomar la actividad, ¿cómo tendríamos que plantear la compensación por el perjuicio ocasionado? Por ejemplo, si alquilo un apartamento en la playa durante una quincena y debo incorporarme 5 días antes de lo acordado, ¿podría reclamar la compensación del 33% del alquiler al margen, claro está, de los 5 días? ¿Qué hay de los gastos derivados del cambio de billetes de tren / avión? ¿Podría pedir compensación por los gastos de mi billete o también los de mi pareja / familia? No hay que olvidar que un cambio de esta naturaleza suele acarrear daños colaterales.

      Creo que para evitar todo este tipo de cosas, lo mejor es, como recomendaba hace poco en mi blog, elegir nuestro destino de vacaciones sobre el mapa de cobertura de la compañía telefónica de nuestro móvil de empresa y elegir alguna zona sin cobertura ni servicio de 3G. ;)

      Un saludo y enhorabuena por vuestro trabajo. Aunque no suelo hacer comentarios, soy un asiduo lector.

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