Sin ayuda fiscal las pymes "sin negocio"

Sin ayuda fiscal las pymes "sin negocio"
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Hay muchos tipos de empresas, pero parece que a partir de ahora aquellas pymes que no realicen de forma real una actividad, no contarán con los mismos beneficios fiscales que otras empresas de reducida dimesión y que si tienen una actividad productiva propia como fuente principal de ingresos.

Esta noticia es toda una llamada al orden para las empresas que sólo cuenten con elementos patrimoniales ente su actividad empresarial, el Estado las ha gravado un 5% extra en el Impuesto de Sociedades hasta el 30%. Muchas de ellas gozaban del régimen especial para pymes de reducida dimensión que sólo grava en un 25% los primeros 120.000 euros de base imponible. Esta noticia se extrae de una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC):

Una entidad jurídicamente constituida no es una empresa si sólo había obtenido ingresos derivados de la mera titularidad o tenencia de elementos patrimoniales aislados

Además añade acerca del por qué de gravar el Impuesto de Sociedades como solución:

La finalidad del régimen especial de Hacienda es precisamente estimular fiscalmente la realización de actividades empresariales.

Es decir, queda claro que según esta resolución el Estado gravará en un 5% más a partir de este momento todas aquellas empresas cuya única finalidad sea por ejemplo tener patrimonio inmobiliario, activos financieros o participaciones en otras entidades.

Un caso estrella que se ve afectado son muchas empresas cuyo único objetivo es el de facturar los consejos de administración de dicho directivo. Otro caso las empresas constituídas por ciertas personas sólo para gestionar sus bienes inmuebles. Pues a partir de ahora y gracias a esta jurisprudencia fiscal, por llamarlo de alguna manera, se les acabó el chollo.

A partir de ahora esta resolución entrará en las reformas fiscales con validez para el Impuesto de Sociedades a declarar el año que viene, es decir sobre el ejercicio fiscal que tenemos actualmente por lo que demuestra que realmente la jurisprudencia en sentencias tan definitorias como estas se aplica de forma muy clara a la normativa.

Vía | cincodías Imagen | osterwalder

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