El inicio de 2014 nos trae un conjunto de novedades fiscales que pueden suponer un impacto económico en los tipos de empresa que pueden verse afectadas por los mismos.
Hablamos de cuestiones como el IVA de caja, la reducción de la cuota del Impuesto de Sociedades para determinadas empresas, la nueva deducción por inversión en empresas de reciente creación y el nuevo Patent Box y la nueva fiscalidad de la I+D+i.
La aprobación del IVA de caja, y sobre todo su desarrollo normativo, supone un gran cambio que afecta no sólo a los que se acojan a este sistema, sino a lo que se relacionen con estas empresas. Recordemos que este nuevo criterio implica que no se declare el IVA hasta que se cobra (y pague) la factura, por lo que si se aplica este régimen los que lo soliciten deberán tener un control de la fecha de cobros y pagos y reflejarlo en el nuevo modelo 303 de declaración trimestral.
Pero este aspecto no solo alcanza a las empresas que soliciten aplicarlo. Los que no lo hayan solicitado, pero tengan operaciones con contribuyentes que sí se hayan acogido, estarán obligados a aplicar este criterio en las facturas que tengan con estas empresas. Esto también les obligará a llevar una doble contabilidad, por un lado aplicando el criterio del devengo (como norma general) y el de caja con estas facturas en particular.
En cuanto a la reducción de la cuota del Impuesto de Sociedades, la aprobación de un tipo superreducido del 15% para las empresas, que se aplicará durante los dos primeros ejercicios de actividad de las mismas, es un apoyo a las sociedades nuevas.
Un punto importante de la Ley de Emprendedores es la deducción fiscal por inversión en nuevas empresas. Esto supone un impulso para que éstas pueden captar capital para desarrollar su negocio, ya que los inversores particulares que apoyen económicamente a estos nuevos proyectos tendrán una exención de impuestos en las plusvalías obtenidas, una vez que recuperen su inversión.
Los cambios en el Patent Box provienen de la normativa comunitaria a este respecto. A partir de ahora las empresas que cedan o arrienden el uso de patentes o modelos industriales a terceros se beneficiarán de una mayor deducción fiscal por los rendimientos obtenidos, se aplicarán sobre el rendimiento neto y no sobre el bruto, además de eliminar los límites de deducción. Evidentemente esto supone un incentivo para que las empresas no sólo procedan al registro y patente sino que cedan la explotación de los mismos a otras empresas.
En cuanto a la I+D+i, el nuevo sistema también supone un impulso a las empresas que quieran invertir en este campo, ya que se podrá solicitar la devolución de las deducciones no aplicadas en el IS. El impulso no sólo afectaría a la actividad, sino también a las cantidades a destinar en este apartado por la posibilidad de recuperar parte de esas cantidades.
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