Hace ya tiempo comentamos como, cuando y por que solicitar un concurso de acreedores. Con la reforma de la Ley Concursal, aprobada en 2010, se introdujo un nuevo procedimiento al que acogerseen situación de insolvencia, el preconcurso de acreedores.
Básicamente consiste en que aquellos que estén en una situación de les obligaría a solicitar el concurso voluntario puedan comunicar al Juzgado de lo Mercantil dicha situación sin solicitar todavía el inicio del concurso, indicando que se abre un periodo de negociación con los acreedores para evitar el concurso o, en último caso, preparar dicha solicitud.
La solicitud del preconcurso implica que se inicia la negociación de la deuda o del posible convenio, que se suspende la posibilidad de que sean los acreedores los que soliciten el concurso necesario y se impide que sean proveídas las demandas interpuestas con posterioridad a la notificación que abrió la fase preconcursal.
El solicitante dispone de tres meses desde la solicitud preconcursal para realizar todos los trámites y solucionar la situación, transcurrido ese plazo deberá solicitar el concurso si no hay otra salida.
Los
efectos del preconcurso
son varios:Por un lado se consigue que la liquidación de los activos del concursado no se retrase en el tiempo
Que no se minore el valor de sus bienes.
Se simplifica y agiliza el procedimiento concursal, favoreciendo la anticipación de la liquidación.
Se mejora la protección de los trabajadores afectados regulando la suspensión o extinción colectiva de las relaciones laborales para evitar conflictos con la jurisdicción social y con la autoridad laboral.
Por otro lado es un mecanismo de protección para los administradores societarios a la hora de que el consurso puede declararse culpable porque la administración de la empresa no haya realizado las gestiones necesarias para solucionar la situación de la empresa. Por supuesto esto no es una garantía absoluta ya que para calificar el concurso como culpable pueden intervenir diferentes causas.
Con la inclusión de este procedimiento en el sistema se pretende dar una herramienta más efectiva a la hora de que la empresa pueda negociar con sus acreedores antes de entrar en el concurso propiamente dicho y que haya que recurrir a un administrador concursal externo (si el Juzgado lo estima oportuno) o a una quita que pueda perjudicar económicamente a los propios acreedores.
En Pymes y Autónomos | Concurso de acreedores Imagen | Salvador Figueros