Siguiendo con los correos interesantes, otro lector, que no vamos a mencionar para mantener su privacidad, ha tenido una serie de problemas por trabajar al margen de la legislación vigente. Veamos primero su exposición:
y me encuentro en una situación un poco comprometida. Antes de ponerme a buscar trabajo, me apetecía probar las ventajas de internet y montar una tienda online. Contacte con proveedores, hice mi página, y la subí a internet. La verdad es que no cree una empresa, ni realicé ningún tipo de trámite legal debido a que solo pretendía darle un mes de prueba para ver si funcionaba, y así fue. Ahora eliminé la opción de compra de la página web y he hablado con orientadores de la universidad para que me ayudasen a establecer mi negocio dentro del marco legal.Primer error. Se monta un negocio, se realiza la inversión necesaria, pero no se da de alta la actividad bajo ningún epígrafe. Si se montó para probar, se debe continuar dentro del marco legal y si no cerrar. Es importante tener claro este punto, porque si no veamos el siguiente párrafo en donde llegan los problemas.
Una persona que está descontenta con un producto ha amenazado con denunciarme. No atiende a razones y me pide unos datos de empresa que por supuesto no tengo, ya que no existe tal negocio. Y una factura de compra, que tampoco tengo.Obvio, no todas las ventas salen bien y hay que tener una cobertura en reclamaciones, tickets de venta y la infraestructura que tiene cualquier negocio. Se están negando unos derechos a los consumidores que hay que proporcionar siempre y si andamos por el lado oscuro de los negocios, antes o después nos puede pasar un suceso como éste.
Tal vez me haya aventurado mucho poniendo la tienda en internet, pero se por eBay que se pueden vender cosas sin emitir facturas y yo no quería hacer negocio ilegal de ningún tipo, simplemente pretendía tantear el terreno con un par de ventas de poca cuantía para realmente empezar a vender legalmente.Si, se pueden vender cosas sin emitir factura por supuesto, siempre y cuando el origen de esos artículos no hayan sido con intención de lucro en la reventa. Es decir, se puede vender unn coche usado, una moto o un ordenador que yo haya usado previamente, pero esta afirmación no es válida si me dedico a revender artículos para obtener un beneficio con ellos. Esa es la actividad comercial pura y dura.
En este punto, sólo quedan tres opciones viables, ambas complejas:
- Proceder al alta de la actividad comercial con carácter retroactivo. Legalmente tenemos 30 días desde el comienzo de las ventas para llevar a cabo este trámite.
- Llegar a un acuerdo económico con el comprador insatisfecho y aquí paz y después gloria. redactando siempre un documento que deje zanjado el asunto.
- Encomendarse a un buen abogado porque si te demandan, la responsabilidad civil puede ser importante.
Muchas veces nos hemos quejado de la rigidez de las normas, de las dificultades para emprender o abrirse hueco en el mundo de la empresa. Es cierto, pero las normas son las que son y están para cumplirlas. Cuando me pongo en situaciones extre´mas en muchos de los post que hago, sólo es para prevenir situaciones reales como la descrita.
Sé que mucha gente no piensa como yo y que cree que hay formas más fáciles para llevar a cabo un proyecto empresarial. Si, escierto, las hay, pero ahí jugamos con la suerte a nuestro favor y con el dinero, no se juega.
Imagen | Ana_Cotta
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